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El Supremo cambia la doctrina para que el etarra Parot cumpla 30 años de cárcel

El nuevo criterio puede afectar a 185 presos terroristas con graves condenas

El Supremo adoptó ayer una nueva doctrina jurisprudencial que endurece el cumplimiento de penas de etarras condenados a más de 30 años por delitos cometidos antes de 1995. Hasta ayer, esos etarras, de acuerdo con el Código de 1973 por el que fueron juzgados, redimían penas que se restaban del máximo total de cumplimiento, 30 años, aunque hubieran sido condenados a cientos de años. Ahora, el tiempo redimido se restará en la práctica de la condena total. Con la fórmula antigua, salían en libertad a los 20 años. Con la nueva doctrina aprobada ayer en el Supremo para resolver un recurso del etarra Henri Parot, los que tengan condenas más altas deberán estar 30 años.

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El nuevo criterio, que contradice la doctrina aplicada por la Audiencia Nacional, fue aprobado ayer en pleno jurisdiccional por 12 de los 15 magistrados de lo penal. Los tres restantes, José Antonio Martín Pallín, Perfecto Andrés Ibáñez y Joaquín Jiménez, anunciaron votos particulares al entender que se trata de una aplicación retroactiva de la ley, algo que prohíbe expresamente la Constitución.

El Supremo se pronunció ayer a raíz del recurso presentado por el etarra Henri Parot, al que la Audiencia Nacional denegó la acumulación de penas, lo que, de hecho, implicaba que el terrorista no podría salir en libertad en 2011 -ingresó en 1990- en función de la redención de penas. El Supremo, en su resolución, admite la acumulación de penas como se ha hecho siempre con todos los presos. Pero aclara a continuación: "Extinguida una pena, con las redenciones y beneficios que le puedan ser aplicables, comenzará el cumplimiento de la siguiente, y ello por el orden sucesivo de su respectiva gravedad. De modo que si el penado ingresó en prisión en 1990, finalizará el máximo de cumplimiento en 2020".

En los últimos 10 años, más de 100 etarras han salido en libertad después de haber cumplido 20 años o menos de cárcel por redenciones que se restaron del máximo de 30 años de cumplimiento y no sobre el total de la condena.

La nueva doctrina jurisprudencial del Tribunal Supremo puede afectar a un total de 185 etarras que están ahora en prisión y que tienen condenas firmes superiores a 30 años.

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