La Sindicatura de Cuentas niega una información solicitada por el Parlament
La Cámara preguntó qué directivos de Ferrocarrils de la Generalitat cobraron pensiones irregulares
La Sindicatura de Cuentas ha comunicado al Parlament que no tiene intención, de momento, de entregar a los diputados la información requerida sobre qué directivos de Ferrocarrils de la Generalitat de la época de CiU cobraron un plan de pensiones declarado irregular. La información ha sido solicitada por una comisión del Parlament, pero la sindicatura, con el voto en contra del síndico Agustí Colom, ha decidido que pospone el trámite exigido por la Cámara hasta que se haya pronunciado al respecto el Tribunal de Cuentas, que ha nombrado un instructor por si las actuaciones de los directivos de Ferrocarriles fueran constitutivas de algún tipo de delito.
La información, propuesta por el diputado Joan Boada, portavoz de ICV, y apoyada por la mayoría de los grupos parlamentarios, fue solicitada tras confirmar un informe de la propia sindicatura enviado al Parlament que 15 directivos de Ferrocarrils de la Generalitat habían constituido un fondo de pensiones al margen incluso del Consejo de Administración. Después, ante la sospecha de que el fondo era irregular, procedieron a disolverlo, repartiéndose el dinero y los beneficios correspondientes.
La Sindicatura de Cuentas, para justificar su decisión de negarse a facilitar los datos, aduce un antecedente de diciembre de 1994 en el que se restringía el "derecho de los parlamentarios a recibir información" y se tomaba en consideración la posibilidad de "posponer la tramitación de la información" cuando ésta se refiriera a "una documentación sometida a procedimiento judicial o a fiscalización de la Sindicatura de Cuentas". Por tanto, la sindicatura señala que no corresponde dar al Parlament la información hasta que haya "concluido el procedimiento judicial o hasta que la Cámara haya tramitado el informe de la sindicatura".
Información 'sub júdice'
La resolución recuerda una notificación del Tribunal de Cuentas que establece: "La información obrante en las actuaciones previas tramitadas hasta la fecha por la Sindicatura de Cuentas de Cataluña, en virtud de la delegación antes expresada, debe estar sujeta a las mismas reglas de publicidad que resultan aplicables a las actuaciones judiciales en general, y que no permiten, como es sabido, la comunicación de datos más allá de las personas o instituciones legalmente legitimadas para el conocimiento de los mismos. Se debe entender, por tanto, que la información a la que se alude en el escrito del síndico mayor de la Sindicatura de Cuentas se refiere a hechos que se hallan sub júdice a los efectos interesados y que no debe ser aportada, y ello sin perjuicio del carácter público que pueda tener la resolución definitiva que, en su momento, ponga fin al proceso."
Esta notificación fue pedida al entender que la información solicitada por el Parlament hacía referencia "de forma directa a la identidad de personas físicas y a hechos que son objeto de un procedimiento de diligencias previas que está tramitando la sindicatura por delegación del Tribunal de Cuentas".El síndico Agustí Colom cree que la decisión de la Sindicatura de Cuentas de no facilitar la información solicitada por la Cámara no se ajusta a derecho, lo que argumenta en el voto presentado en contra de la resolución.
Colom argumenta que la decisión del Parlament está justificada y regulada por el reglamento que establece los usos de los diputados y que la Cámara es "el máximo órgano de representación de la voluntad del pueblo catalán" y actúa, en este caso, "en el marco de las atribuciones reconocidas por la ley" al efectuar "un mandato institucional". Asimismo señala que la petición pone en evidencia la "preocupación del Parlament por la gravedad de los hechos analizados", como quedó claro cuando los diputados expresaron su "profunda preocupación por la gravedad de los incumplimientos detectados en la retribución del personal directivo de la sociedad". Preocupación que justifica la entrega de "la información requerida por parte de la institución parlamentaria", en la medida en que es "expresión del interés público" y debe contribuir al "mayor conocimiento de los hechos referidos al uso de fondos públicos".
Además, Colom afirma en su voto particular: "La obtención de información por parte de los diputados y diputadas constituye un derecho en el ejercicio de las funciones propias de su cargo, como ha sostenido reiteradamente el Tribunal Constitucional", del que el síndico cita dos sentencias al respecto.
Colom reconoce que el hecho de que la información se refiera a cobros efectuados por personas físicas podría llevar a pensar que se produciría una "colisión con el respeto a la vida privada", pero lo descarta porque en todos los casos, 15 según la resolución de la sindicatura, se trata de "cargos de una entidad pública", por lo que está justificada la comunicación del nombre de "los beneficiarios de los ingresos" en la medida en que con ello se facilita la posibilidad de comprobar la "buena gestión de recursos públicos en interés del público". Además, añade, hay procedimientos que permiten facilitar "la información con la reserva que las leyes de protección de los derechos privados puedan reclamar".
El tripartito, que conoció el asunto al llegar al gobierno, puso el caso en conocimiento del Tribunal de Cuentas, cuyo fiscal estuvo hace unas semanas en Barcelona para recibir explicaciones de algunos de los posibles imputados y pedirles que presenten las alegaciones correspondientes.
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