El Consejo de Estado propone un Senado con menos representantes y más poder legislativo
El Consejo de Estado aprobará el próximo 16 de febrero el informe preliminar elaborado por su Comisión de Estudios para responder a la consulta que el Gobierno hizo a este organismo sobre una reforma de cuatro aspectos de la Constitución. El texto completo del informe plantea la eliminación de la discriminación a la mujer en el capítulo referido a la sucesión de la Corona, establece cómo incluir la denominación de las 17 comunidades y las dos ciudades autónomas en la Ley Fundamental; propone las fórmulas para una reforma del Senado que dote a esta Cámara de mayor representación territorial, y señala cambios necesarios para plasmar la voluntad de España de participar en la construcción europea.
Andalucía perdería casi la mitad de sus senadores actuales con la propuesta de reforma constitucional
Los expertos sugieren para aprobar las reformas estatutarias desde sistemas de mayoría simple a mayorías cualificadas
El proyecto de informe aboga por no diferenciar entre regiones y nacionalidades al denominar a las 17 comunidades
La propuesta descarta incluir en la denominación de las comunidades la diferenciación entre regiones y nacionalidades para hablar de cada una de ellas: "Dada la irrelevancia jurídica que en el texto del Título Preliminar de la Constitución tiene hoy la distinción entre nacionalidades y regiones, el traslado de esa distinción a otras partes de la Constitución sólo tendría sentido si se pretendiera con ello atribuirle consecuencias jurídicas, una pretensión que excede del ámbito de la reforma sobre la que se solicita el informe del Consejo". La propuesta de denominación opta por citarlas en orden cronológico de aprobación de sus estatutos e incorporar una mínima modificación del artículo 2 de la Constitución para incorporar que las nacionalidades y regiones que integran la nación española se constituyen "en comunidades autónomas".
En torno a la consulta sobre la denominación de las comunidades en la Constitución, el Consejo de Estado hace consideraciones al margen de lo que el Gobierno le preguntó. Aclara el informe que se trata de cuestiones "relacionadas con las modificaciones propuestas", que "no es indispensable tomar en cuenta para alcanzar los objetivos que la reforma se propone alcanzar, pero que podrían completarla y perfeccionarla". Entre esas cuestiones, el Consejo de Estado reflexiona sobre las reformas de los estatutos de autonomía y hace las siguientes sugerencias:
- Se podría arbitrar un nuevo sistema para aprobar las reformas estatutarias -ahora requieren mayoría absoluta, como las leyes orgánicas- similar al que la Constitución establece en su artículo 74 para aprobar convenios de cooperación entre autonomías o la distribución del Fondo de Compensación entre comunidades para garantizar el principio de solidaridad. Ese sistema es mucho menos exigente que el actual, pues permitiría aprobar una reforma estatutaria por mayoría simple en el Congreso y en el Senado. El Consejo añade que si esta fórmula no parece suficiente, se podría imponer la necesidad de aprobarlo por mayoría absoluta de las dos Cámaras y, en caso de que el Senado rechazase la reforma, tuviera que ser aprobada en el Congreso por una mayoría más cualificada, similar a la que se exige en la mayoría de comunidades para reformar sus estatutos (dos tercios, tres quintos...).
El PP se agarró ayer a estas sugerencias para pedir que se aborde la modificación de la Constitución antes de aprobar las reformas de los estatutos. El PSOE replicó que la reforma constitucional se debe circunscribir a las cuatro consultas planteadas por el Ejecutivo.
El otro apartado destacado de las propuestas del Consejo de Estado señala las vías para potenciar el papel del Senado como cámara de representación territorial atribuyéndole competencias legislativas directas y estableciendo un nuevo marco electoral por el que todos los senadores serían elegidos en comicios que coincidirían con los autonómicos, a razón de seis senadores por cada comunidad, más uno por cada millón de habitantes de cada autonomía, más uno por cada provincia. Comunidades con muchas provincias, como Andalucía o Castilla y León, perderían casi la mitad de sus senadores.
Lo que sigue resume las propuestas del Consejo de Estado.
- Sucesión de la Corona. El Consejo de Estado propone la siguiente redacción del artículo 57.1 para eliminar la discriminación a la mujer en la Sucesión a la Corona: "La Corona de España es hereditaria en los sucesores de don Juan Carlos I de Borbón, legítimo heredero de la dinastía histórica. La sucesión en el trono corresponde a su hijo, el príncipe heredero don Felipe de Borbón, y después a los sucesores de éste según el orden regular de primogenitura y representación, siendo preferida siempre la línea anterior a las posteriores; en la misma línea, el grado más próximo al más remoto; y en el mismo grado, la persona de más edad a la de menos.
- Denominación de las comunidades. Los expertos del Consejo de Estado establecen el orden de denominación en función de la fecha de aprobación de los distintos estatutos de autonomía, del más antiguo al más reciente: "País Vasco, Cataluña, Galicia, Andalucía, Asturias, Cantabria, La Rioja, Murcia, Comunidad Valenciana, Aragón, Castilla-La Mancha, Canarias, Comunidad Foral de Navarra, Extremadura, Islas Baleares, Madrid y Castilla y León".
- Reforma del Senado. El Consejo de Estado plantea distintas modificaciones de artículos de la Constitución para dar más poder legislativo a la Cámara alta (artículo 89: "El procedimiento legislativo se iniciará en el Senado cuando se refiera a las leyes previstas en los artículos 150, 156.2, 157.3 y 158.2 de la Constitución o a materias cuya relevancia autonómica, a juicio del Gobierno, lo justifique") y para cambiar el actual marco electoral de manera que la elección de senadores sería como sigue. "Cada comunidad autónoma elegirá seis senadores, otro más por cada millón de habitantes y otro por cada provincia de su respectivo territorio. Los senadores serán elegidos por sufragio universal [aunque hay una fórmula alternativa propuesta por el Consejo de Estado para que los seis que corresponden a cada comunidad se elijan por los parlamentos autónomos], libre, igual, directo y secreto por los votantes de cada comunidad, en los términos que señale la ley orgánica electoral general".
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