Las empresas del Ibex consideran muy intervencionista el código de la CNMV
Las grandes firmas creen excesiva la preponderancia que se otorga a los consejeros independientes
Las grandes empresas del Ibex consideran que el Código de Buen Gobierno presentado ayer por el grupo de trabajo coordinado por la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) corre el riesgo de convertirse "en un corsé incómodo" para las empresas cotizadas españolas. Aunque coinciden en las buenas intenciones con que parte y que responden al objetivo de mejorar el gobierno de las empresas y evitar actuaciones fraudulenteas, comparten que el proyecto de código es muy poco pragmático. A juicio de los representantes de las empresas y expertos consultados, se ha cometido una serie de errores como dar "demasiada" preponderancia a los consejeros independientes "como si fueran una panacea", considerar a todas las entidades iguales independencientemente de su tamaño o sector y no haber consultado a las propias empresas implicadas a la hora de elaborar el proyecto.
Subrayan en primer lugar que, aunque las actuaciones sean de carácter voluntario, en el fondo constutuyen una regulación más restrictiva que en Estados Unidos (país donde se originó esta corriente de control tras los escándalos de Enron y Worldcom, entre otros) y más exigente que las recomendaciones de la UE, sobre todo en cuanto a la naturaleza de los consejeros y sus retribuciones. Los expertos consultados destacan que "es absurdo que se signifique que es voluntario y que, al mismo tiempo, se pida a las empresas que expliquen públicamente por qué no han aplicado tal o cual recomendación".
El papel del independiente
Todos aplauden la mayor presencia que se quiere dar a las mujeres en los consejos de administración, pero no que se limiten tanto el número de consejeros como la proporción de independientes (que sean al menos un tercio del total). Asimismo, consideran que se exigen extraordinarios requisitos para ser considerado independiente y critican la posibilidad de que exista un "Consejo dentro del Consejo", ya que los consejeros llamados externos pueden comprometer decisiones fuera de la sesión del Consejo y así introducir elementos de discordia en el propio Consejo. Además, las empresas observan dudas sobre la perseguida independencia entre el Consejo y la alta dirección cuando "lo idóneo para la buena marcha de la empresa es la adecuada cooordinación entre estos estamentos".
Sobre esos requisitos para ser independeinte, entienden que tiene sentido su presencia en una empresa con millones accionistas minoritarios y poco control del capital por parte de los principales, pero no cuando un socio controla más de la mitad del capital; parece poco lógico. Pero, al mismo tiempo, resaltan que se les "blinda" en sus cargos una vez elegidos porque sólo se puede promover su salida por una causa justa.
El texto establece la máxima transparencia en las retribuciones del consejo que es valorado bien por las empresas pero ven demasiado estricto el sometimiento a la decisión de la junta de cuestiones retributivas que pueden bloquear las incorporaciones al Consejo. "Lo importante", sostiene una fuente empresarial, "es que los independientes estén preparados y no el número que haya, que se involucren en la gestión y ésta sea buena".
Pero para las empresas aparece una dificultad añadida cuando se acentúa la vigilancia entre los componentes de los órganos de Gobierno de las compañías y aunque se afirma que son normas voluntarias lo ciertos es que generan desconfianza en los gestores.
Las empresas son especialmente críticas, por otro lado, con las competencias que se concede a las juntas generales. Se les da un papel activo y cotidiano con reuniones periódicas, ahora anuales, con las complicaciones técnicas que ello conlleva. En este apartado tanto las empresas como los expertos rechazan el fomento que se quiere dar a las asociaciones de accionistas y su agrupación. "No hay duda de que su objetivo responde a un bien social, pero puede acabar fomentando la proliferación de sociedades especializadas en utilizar las juntas en interés personal".
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