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Tribuna:Inversión | CONSULTORIO
Tribuna
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Invertir la hipoteca

El alargamiento de los plazos en la concesión de hipotecas, junto con el propio retraso en la emancipación de los jóvenes, debería tener como resultado que la finalización teórica del pago de una hipoteca se aproximase a la edad de jubilación. Algo que no ocurre, el plazo medio de amortización de estos préstamos es mucho menor que los 25, 30 0 35 años que se pactan en contrato, debido a la existencia de amortizaciones y cancelaciones anticipadas.

Ante tal panorama, puede parecer llamativa la figura, que existe ya en otros países y cuyo desarrollo es previsible en el nuestro, de las denominadas hipotecas inversas. Hipotecas orientadas a cubrir necesidades de renta de personas mayores (sea por la insuficiencia de sus ingresos por pensiones o por la propia necesidad de hacer frente a gastos extraordinarios con motivo de un traslado a una residencia, la necesidad de asistencia médica o cualquier otra situación vinculada al envejecimiento) mediante préstamos con la garantía de su vivienda, que permiten cobrar un capital o una renta periódica y que sólo son amortizados al fallecimiento del titular, que retiene la propiedad de su vivienda.

En general se acepta que la inversión en inmuebles es una forma sensata de garantizarse la jubilación

Desde la lógica financiera y el análisis del ciclo de consumo-ahorro de las familias, estos productos pueden ser una alternativa muy adecuada para muchas.

La vivienda no deja de ser en muchos casos el destino casi exclusivo del ahorro familiar y en general es aceptado que la inversión en inmuebles es una forma sensata de garantizarse la jubilación. Este ahorro en forma de inmuebles y, específicamente en el caso de la propia vivienda, viene favorecido por factores como la limitada movilidad geográfica -que elimina los posibles gastos fiscales o registrales de posibles compraventas sucesivas de la vivienda habitual- y los incentivos fiscales a la compra de vivienda.

Figuras que permitan a los mayores disfrutar de sus ahorros no deberían ser vistas como una carga financiera adicional, sino como un vehículo para disfrutar en la jubilación del ahorro acumulado en la vida laboral.

M. Villegas y E. Martín son profesores de la Escuela de Finanzas Aplicadas

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