El poder ejecutivo de los institutos
Los directores reclaman el gobierno de los centros bajo la supervisión del consejo escolar
Los directores de los centros públicos de secundaria quieren más capacidad de acción, aseguran, para gestionar a diario sus institutos, tal como contemplaba la Ley de Calidad (LOCE) en uno de los puntos que sí se han desarrollado de esa ley, paralizada por el Gobierno socialista. Sin embargo, la nueva Ley Orgánica de Educación (LOE), en estos momentos en proceso de tramitación parlamentaria, ha apostado por devolver el peso a los consejos escolares y los claustros de profesores.
En las cuestiones del día a día, en cuanto al clima y a la convivencia dentro de los institutos, ¿qué capacidad tiene el equipo directivo (director, jefe de estudios y secretario) para tomar decisiones? ¿Cuál es el proceso que hay que seguir teniendo en cuenta la Ley de Calidad y la LOE?
El claustro y el consejo deben controlar, "pero no gobernar", dicen los directores de institutos
El consejo escolar decidirá de nuevo sobre las conductas "graves para la convivencia"
La diferencia básica se refiere a las faltas consideradas muy graves, las cuales especifica cada centro educativo. Por ejemplo, si un alumno insulta a un profesor, si dos estudiantes se pegan, si rompen intencionadamente una mesa, una puerta o estropean cualquier pieza del mobiliario o realizan una pintada, todas estas situaciones son consideradas faltas graves en la mayoría de los institutos. En casos como éstos, la LOCE permitía a los directores abrir directamente un expediente sancionador y tomar las medidas cautelares que considerasen oportunas en el mismo momento de producirse la infracción. Estas medidas variaban entre obligar al alumno a hacer tareas complementarias o incluso cambiarle de grupo o expulsarle por un plazo de un mes. Y, posteriormente, el director informaba y explicaba su decisión al consejo escolar del centro.
Con la LOE, sin embargo, las conductas "que perjudiquen gravemente la convivencia", es decir, las que puedan conllevar la expulsión del alumno, vuelven a tener que pasar por el consejo escolar. El alumno será citado, junto a sus padres o tutores, a una comisión del consejo que determinará, si procede, abrir un expediente. Para reunir al consejo o a una comisión del mismo hace falta un mínimo de tres días hábiles. Y a partir de ese momento, si se decide abrir el expediente, éste se puede cerrar con una decisión que llevará, en el mejor de los casos, de 20 días a un mes.
Los directores se quejan de que "en situaciones como las de acoso, especialmente graves, lo que hay que hacer inmediatamente es separar a la víctima del agresor. Además, en esa situación también quedaría al descubierto la identidad del chaval acosado ante el consejo escolar, del que también forman parte miembros de los alumnos", explica Carles Mata, portavoz de la Asociación de Directores de Institutos Públicos de Cataluña.
Sin embargo, "los directores siguen teniendo [con la LOE] capacidad para tomar medidas cautelares en casos graves, como la expulsión del alumno", señala Pilar Triguero, de la confederación laica de padres de alumnos (Ceapa). Medidas que, según José Antonio Martínez, presidente de la Federación Estatal de Directores de Instituto, "la mayoría de las veces tumba la inspección educativa".
Para CC OO, este debate no depende tanto de la ley como de su desarrollo posterior en los distintos reglamentos y en las decisiones políticas del día a día. "Evidentemente, hay que dar competencias tanto al director como a los profesores y al consejo, pero respetando siempre los derechos de todos; también habría que delegar y buscar soluciones que hagan más operativa la gestión de los centros y, sobre todo, respaldar social y políticamente las decisiones de los profesores", señala José Campos, responsable de la Federación de Enseñanza de CC OO. El problema de fondo, añade, "es el de la convivencia en los institutos. Es cierto que ha habido hasta ahora un exceso de regulación en este sentido que ha hecho la gestión poco operativa". "Que un alumno cumpla su sanción un mes después de haber cometido la falta pierde su sentido", concluye.
Desde el Ministerio de Educación explican que con la LOE se ha intentado buscar un modelo mixto "en el que se conjuguen la funcionalidad y rapidez de reacción con la salvaguarda de los derechos de los alumnos y la participación de todas las partes en la gestión de los centros", señalan fuentes del ministerio. Así, están dispuestos a revisar el punto conflictivo del proyecto de ley en el que aparece que esas faltas especialmente graves tienen que pasar por el consejo, para conseguir, explican, una redacción que, dejando capacidad de maniobra a los directores, asegure los derechos del alumno, añaden esas mismas fuentes.
Y en cuanto a las faltas leves, como pueden ser no ir a clase o llegar tarde reiteradamente, la normativa se queda como estaba y las situaciones se suelen resolver de la siguiente manera: el profesor envía al estudiante al jefe de estudios. Éste le puede mandar un apercibimiento, verbal o escrito. Y la acumulación de faltas leves acarrea una grave, con lo que se iniciaría el proceso con el consejo escolar.
Ésta es la parte que se refiere a las medidas disciplinarias, pero la petición de los directores va más allá. A pesar de sus reuniones con el ministerio, aseguran que ahora son ellos, junto a su equipo directivo, quienes gobiernan el centro, y el claustro de profesores y el consejo escolar, quienes controlan su gestión. Y con la LOE, dicen, serán claustro y consejo los que gobiernen, y los directores los que ejecuten siguiendo las directrices que les han marcado.
"Nosotros creemos profundamente en la participación tanto del claustro como del consejo en la gestión, pero en el control, no en el gobierno", asegura Carles Mata. Tanto él como José Antonio Martínez creen que la única manera de que los centros funcionen de una forma fluida es haciendo que el equipo directivo encarne "un liderazgo real" y pueda tomar "decisiones rápidas" dentro de una realidad tan compleja y variada como la de los centros de secundaria.
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