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El TSJA anula las licencias de otras 37 viviendas en Marbella

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha anulado la licencia municipal de obras que permitió construir 21 viviendas adosadas y 16 pareadas en la urbanización Guadalmina porque contravenían la normativa urbanística. Como sucede en las más de 1.600 casas declaradas ya ilegales por sentencias del TSJA, las viviendas se encuentran concluidas y habitadas. Aún están pendientes de resolución unas 300 impugnaciones.

La licencia fue concedida por la Comisión de Gobierno del Ayuntamiento de Marbella a la promotora Isla de Guadalmina el 17 de julio de 1999. La parcela sobre la que se ubican está calificada en el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de 1986 de unifamiliar adosada, pero una parte quedaba reservada a equipamiento deportivo e incluía terrenos afectados por una carretera.

La Consejería de Obras Públicas impugnó judicialmente la licencia porque según el PGOU "la actividad edificatoria en el sector está condicionada a la tramitación y aprobación previa de un estudio de detalle y proyecto de urbanización, así como su gestión mediante el sistema de compensación". Estos proyectos tenían por objeto definir cómo se desarrollarían y ejecutarían los diferentes usos previstos para la parcela. Pero ninguno de estos trámites obligatorios llegó a realizarse antes de la concesión de la licencia.

En el fondo de la cuestión vuelve a estar el conflicto entre la Junta y el Ayuntamiento de Marbella sobre el plan urbanístico de aplicación en la ciudad en el momento de la licencia. El equipo de Gobierno de Jesús Gil nunca reconoció el plan de 1986 porque no fue publicado al completo en el Boletín Oficial de la Provincia, trámite que para despejar dudas hizo la Junta en agosto de 2000.

PGOU rechazado

El equipo de Gil elaboró un PGOU que la Junta, organismo competente en la aprobación definitiva de los planeamientos municipales, rechazó en julio de 1998, pese a lo que el Ayuntamiento consideró que era válido y dio licencias de obras de acuerdo con sus contenidos. Finalmente, el TSJA declaró nulo el PGOU de Gil, primero en una suspensión cautelar en 1998 y por fin en sentencia definitiva hace solo ocho meses.

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La no vigencia del PGOU de 1986 fue uno de los argumentos del Ayuntamiento en el procedimiento judicial por la licencia de las 37 viviendas de Guadalmina ahora anulada. En la sentencia, el alto tribunal da por válida la aplicación del PGOU de 1986, pero considera que, en caso de no ser así, habría que considerar vigente el anterior, de 1968, en el que los suelos en cuestión estaban calificados como rústicos, por lo que la licencia igualmente sería ilegal. Añade que "en ningún caso autoriza a tener por vigente la revisión del año 1998", pues "conllevaría a la necesidad de dar preferencia a un plan aún no aprobado sobre un plan aprobado pero no publicado, interpretación ésta que por absurda está vedada en derecho".

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