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Una juez rechaza suspender las obras de la M-30 y apela al "interés general"

La concejal de Urbanismo, Pilar Martínez, compareció ayer ufana ante los periodistas para hacer público un auto judicial del 26 de julio que rechaza la petición que hizo en su día el PSOE para paralizar las obras de la M-30 por no contar con una declaración previa de impacto ambiental. La titular del Juzgado Contencioso-Administrativo número 6 de Madrid no sólo deniega esa petición apelando al "interés general", sino que subraya en el auto las bondades del proyecto estrella del alcalde, Alberto Ruiz-Gallardón.

"El grupo socialista ha intentado hacer un uso partidista de la administración de justicia. Están convencidos de que cuanto más se prolonguen las obras y, con ellas, los inconvenientes que inevitablemente acarrean, mejor les irá a ellos. Pero no lo han conseguido", dijo Martínez.

El recurso fue presentado por la portavoz del PSOE, Trinidad Jiménez, y los concejales de su grupo Óscar Iglesias y Félix Arias. Jiménez se limitó a señalar ayer que no le extraña nada la decisión de la juez: "Nosotros presentamos el recurso hace un año. A estas alturas las obras están ejecutadas en gran parte, y la juez habrá considerado que es absurdo paralizarlas", zanjó.

La magistrada señala que los hechos no entraron en ese juzgado hasta el 26 de mayo de este año -las obras empezaron en septiembre-, y se hace una pregunta: teniendo en cuenta "el momento temporal en el que se resuelve este incidente", ¿qué es mejor para el interés general, suspender la ejecución de los proyectos o mantener las obras? Y se responde: "La suspensión causaría daños a terceros: empresas contratistas, trabajadores [...], siendo el valor económico de estos gravísimos daños de 804 millones de euros".

"Pero es más", continúa el auto, "la ejecución de los proyectos pretendía una serie de beneficios generales para los ciudadanos". Esos supuestos beneficios figuran en un informe que el gobierno municipal encargó a la Universidad Politécnica, y la juez los enumera: "Reducción del 50% de la tasa de accidentalidad, ahorro del tiempo de viajes, ahorro del combustible, disminución de emisiones a la atmósfera...".

"Por el contrario, la parte actora [el grupo socialista] no realiza más que alegaciones genéricas y abstractas [...], sin que concrete en qué medida la ejecución de la resolución [las obras] causa daños concretos al interés general", reza el auto. Y concluye: "El interés general exige en el caso de autos la ejecutividad de la resolución impugnada". Es decir, que sigan las obras.

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