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¿Legalizar la prostitucion?

Leo en el periódico que la consejera de Interior de la Generalitat de Catalunya tiene en estudio un posible proyecto de ley de ordenación, y con ella legalización, de la profesión más antigua del mundo en Cataluña. Dejando de lado que el fundamento jurídico que se ha buscado para sustentar el posible proyecto no deja de ser pintoresco (la competencia sobre seguridad vial), toda vez que se presenta como una regulación que persigue erradicar la prostitución callejera que, como todo el mundo sabe, figura en muy alto puesto en el ranking de causas de la siniestralidad en nuestras vías públicas, me parece que la iniciativa no es precisamente feliz.

No lo es desde la perspectiva que profesionalmente más me interesa, esto es la constitucional. En mi opinión una regulación de ese tipo sería de constitucionalidad problemática, y ello no tanto por razones de competencia cuanto por razones de fondo. La razón no tiene nada de complicada: la prostitución, la venta de servicios sexuales como se dice en el lenguaje políticamente correcto en boga, supone por su propia naturaleza sencillamente esto: convertir el cuerpo humano en mercancía al efecto de percibir una retribución. Supone pues reducir a una persona - la que se prostituye -a la condición de objeto puesto a la disposición de otro -el cliente- poniendo precio a ese objeto, en consecuencia es incompatible con el principio constitucional de dignidad. Como éste, además de figurar en un precepto constitucional, tiene la condición de fuente de todos los derechos constitucionales, se sigue que la prostitución es incompatible no con este o aquel derecho constitucional, sino con el sistema mismo de derechos fundamentales constitucionalmente prescrito. No es que sea inmoral, es que es en sí misma contraria a Derecho. La prostitución supone la reducción del ser humano a mercancía y es por ello intrínsecamente ilícita, sea voluntaria o no. Es, pues, constitucionalmente inadmisible exactamente por la misma razón que lo es la esclavitud o la tortura. Si el papel llegare a proyecto de ley y fuere aprobado su destino en caso de recurso ante el Constitucional sería mas bien oscuro.

Además, con independencia de su dudosa constitucionalidad la idea de legalizar la actividad de marras no me parece especialmente buena por razones prácticas. Por de pronto nos hallamos ante una actividad criminógena, la actividad es de tal naturaleza que su continuidad y su ejercicio organizado son poco menos que imposibles sin estar asociados a conductas no ya antijurídicas, sino directamente delictivas. Baste pensar en los medios que se emplean para dotar de carne fresca al sector. La prostitución callejera tiene alguna posibilidad de ser espontánea, la organizada no, y como esta no es a largo plazo viable sin el suministro regular de candidatas y no hay voluntarias suficientes para el relevo no cabe otro medio para dotar de personal a los locales que se dedican a tan honesta actividad que recurrir a la recluta forzosa.

Porque en el mundo real la prostitución se nutre esencialmente de lo que gráficamente se ha llamado la esclavitud sexual. En consecuencia quienes sostienen la legalización están sosteniendo, quieran o no (que mayoritariamente no quieren) la reducción a servidumbre de una parte de la humanidad, de aquella que es débil por dos razones distintas cuyo peso acumulativo es aplastante: son mujeres y son pobres. Son lo primero por cuanto la prostitución masculina es cuantitativamente insignificante, lo segundo es una evidencia que, como tal, no requiere demostración.

Además, la prostitución es, y no puede no ser, una manifestación particularmente repugnante de violencia de género. En eso las feministas llevan toda la razón. Son las mujeres, por serlo, las que son objeto de presión (o sencillamente de agresiones) al efecto de adquirir, mantener y reproducir la dotación de personal que requiere el "negocio". En términos estadísticos la norma es la prostitución femenina forzada que se mantiene mediante coacción ilícita, combinación que termina por acarrear la explotación económica, consecuencia de la debilidad de la posición de las afectadas.

La prostitución pues, debe unirse a otras modalidades de tráfico de personas, en el tratamiento jurídico que corresponde. Que es desde luego el penal. Ahora bien, no me parece ni inteligente ni justo penalizar a las mujeres que se dedican a dicha actividad. Castigar al débil no ni éticamente aceptable ni una buena orientación de política legislativa. A quien hay que castigar, en su caso, es al fuerte, que generalmente es el varón, y lo es en las dos modalidades que obtienen rendimiento y gratificación de la servidumbre ajena: la del proxeneta y la del cliente. Siempre me ha parecido pertinente la observación que se atribuye a Sor Juana Inés de la Cruz: "¿Quién tiene más pecado el que peca por la paga o el que paga por pecar?". Claro, que cabe observar melancólicamente que Sor Juana era mujer, y son los varones los que legislan.Un excelente argumento a favor de la paridad en las listas electorales ¿no les parece?. Laus Deo.

Manuel Martínez Sospedra es profesor de Derecho de la Universidad Cardenal Herrera-CEU

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