Los gays podrán incluir a sus parejas en su cartilla de la Seguridad Social
El Ministerio de Trabajo ha modificado la orden que regulaba la inscripción de las parejas de hecho en la cartilla de la seguridad Social del titular, para que se incluyan también a los homosexuales.
El Instituto Nacional de la Seguridad Social considera que, desde la aprobación de la ley que permite los matrimonios homosexuales, "resulta obligado entender que las referencias a situaciones de convivencia marital contenidas en la resolución de 29 de diciembre de 1984, de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social, resultan aplicables con independencia del sexo de los convivientes". Los titulares ya podían incluir a sus parejas de hecho heterosexuales y a sus hijos en la cartilla.
La resolución posibilita la prestación de asistencia sanitaria, en determinados supuestos, a las personas que sin ser cónyuge del titular del derecho, conviva maritalmente con él, así como a los hijos de aquélla.
Hasta ahora algunas parejas homosexuales habían conseguido estos derechos, pero después de acudir a un proceso judicial. Los matrimonios gays no se ven afectados, ya que para ellos regirá el mismo sistema que estaba en vigor hasta ahora para los heterosexuales.
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