Tres años de cárcel a una profesora universitaria por falsificar el examen del hijo del decano
El Supremo ratifica la condena de una docente de la Facultad de Medicina de Cádiz
El Tribunal Supremo ha ratificado la condena de tres años de cárcel y dos de inhabilitación impuesta a una profesora de Medicina de la Universidad de Cádiz por falsificar un examen. La sentencia confirma la anterior, impuesta por la Audiencia Provincial de Cádiz por "delito de falsedad en documento oficial". Según el fallo, María del Pilar Rodríguez Martínez, que ya no pertenece a la universidad, era profesora y secretaria del departamento de Fisiología cuando modificó el examen de Jesús María Rosety, hijo del decano en funciones de la facultad.
El examen se realizó el 10 de febrero de 1999, y correspondía a Fisiología de segundo de Medicina. La prueba consistía en 52 preguntas tipo test, y cuatro temas a desarrollar. Según la sentencia, los cambios en las respuestas fueron descubiertos por el profesor Federico Portillo, a quien le extrañó el elevado número de rectificaciones del ejercicio de Rosety. En concreto, Portillo detectó 20 correcciones en las 52 respuestas. Con esas modificaciones, el alumno obtenía un 95% de aciertos, un porcentaje "también muy superior a lo habitual". En cambio, el estudiante sólo había obtenido 0,75 puntos sobre 8 en las preguntas de desarrollo escrito.
El profesor informó a la directora de Área, Carmen Estrada. Ésta llamó a su despacho al alumno, y le preguntó cuántas preguntas había cambiado. Ante la falta de respuesta de Rosety, le propuso que repitiera las preguntas tipo test, continúa el relato del Supremo. El alumno se negó. Estrada siguió haciendo averiguaciones. Intuyó que quien había modificado las respuestas tenía que ser el profesor que había corregido el examen. Confirmó esta sospecha cuando vio que la letra de las correcciones correspondía con la de la acusada.
Estrada llamó a Rodríguez "a su despacho", sigue la sentencia. La profesora "reconoció los hechos, echándose a llorar". Al día siguiente, 8 de marzo de 1999, Estrada fue a ver al vicerrector de la Universidad, Ramón de Cózar, y le informó de lo sucedido. Después fue a buscar a la profesora. "Allí, nuevamente, la acusada reconoció ser la autora de las alteraciones de las contestaciones, rompiendo a llorar y manifestando no saber exactamente por qué lo hizo".
Este reconocimiento sólo tuvo como consecuencia la modificación de la calificación del alumno, que pasó de "apto" a "no apto". Rosety no reclamó, no se presentó a la asignatura ese año y la aprobó al año siguiente, indica el texto del Supremo.
El vicerrector y Estrada decidieron dejar las cosas "como estaban", y mantuvieron a Rodríguez en el departamento. Estrada incluso recomendó que se la volviera a contratar para el curso 1999-2000, porque consideró que si no lo hacía se "difundiría la noticia, con mayor daño de todos".
Pasar página
Este intento de pasar página saltó por los aires cuando Rodríguez se presentó al año siguiente a las pruebas para conseguir una plaza fija. No la obtuvo, y la profesora impugnó la decisión, sin resultado. Por fin, el 15 de noviembre, nueve meses después del examen, Estrada presentó denuncia ante el rector, dice la sentencia. Lo hizo "ante la existencia de rumores en la Facultad por el resultado del concurso oposición, al entender que despejaría cuantas dudas podían haberse suscitado". Ante la denuncia, el rector abrió un expediente a la profesora, quien dejó la universidad ese mes.
Rodríguez presentó entonces una querella contra Estrada y otro profesor por "coacciones y amenazas". Pero ese juicio se volvió en su contra. Estrada consiguió la libre absolución, a petición de la fiscalía, que decidió abrir una nueva causa por la falsificación de la prueba.
La actuación de la fiscalía provocó el juicio de Rodríguez en febrero del pasado año, informa Pedro Espinosa. La Audiencia condenó a Rodríguez "como autora del delito de falsedad en documento oficial, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de tres años de prisión, multa de seis meses con cuota diaria de seis euros" e "inhabilitación especial para empleo o cargo público por dos años". La condenada recurrió ante el Supremo, que ha desestimado el recurso haciendo firme la sentencia.
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