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Una juez da a una inmigrante la residencia que le denegó la Subdelegación

El Juzgado de lo Contencioso número 2 de San Sebastián ha dictado una sentencia en la que ordena a la Subdelegación de Guipúzcoa que conceda a una inmigrante colombiana el permiso de residencia permanente que antes le denegó.

La colombiana Aidee G.M. se casó con un español en San Sebastián en 1990. Dos años después, y en virtud de este matrimonio, consiguió una tarjeta de residencia como familiar de residente comunitario, tarjeta que renovó en 1997 por otros cinco años, hasta diciembre de 2002.

G. M. y su marido, con dos hijos, se separaron en septiembre de 2000. Pese a ello, dado que su tarjeta no caducaba hasta dos años después, la mujer entendió que, según la ley, su permanencia en España era legal. Así, en 2002 se dirigió a la Subdelegación del Gobierno central en Guipúzcoa, en este caso para solicitar el permiso de residencia permanente, que exige haber residido en España de forma continuada durante cinco años.

La Subdelegación del Gobierno notificó a G. M. la extinción con carácter retroactivo de su tarjeta de residencia, al interpretar que había quedado sin efecto en la fecha en que se separó y le denegó el permiso de residencia permanente al considerar, por tanto, que no había residido legalmente durante cinco años seguidos en España.

El abogado de la mujer, Iñaki Almandoz, recurrió ambas decisiones. Alegó que vulneraban "distintas disposiciones legales" y que la residencia legal no se pierde por una resolución de separación. La juez le da ahora la razón y subraya en su sentencia que "la separación no produce extinción del vínculo matrimonial", por lo que anula las resoluciones de la Subdelegación.

Gabriela Queteguari

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Por otro lado, el titular del Juzgado de lo Contencioso número 1 donostiarra decidirá en los próximos días, tras el juicio celebrado ayer, si la expulsión de España de la joven boliviana Gabriela Queteguari fue correcta o no. La inmigrante retornó a Hondarribia a cargo del Estado por orden de una juez, que tomó esta medida cautelar para evitar que perdiese la ocasión de acogerse al pasado proceso de regularización.

En la vista, su defensor reiteró que la policía vulneró el derecho de la joven a la tutela judicial al no comunicar su repatriación a tiempo a su letrado, quien no pudo recurrir.

El abogado del Estado insistió en que la policía no tiene obligación de avisar al letrado y señaló que se dio a la inmigrante la oportunidad de avisar a quien quisiera. La joven, sin embargo, aseguró que sólo le dejaron hacer una llamada y que avisó a su hermana, en la creencia, como le habían dicho días antes, de que avisarían a su abogado.

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