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El Supremo anula un PAI de Novelda que está ejecutado al 60%

En la zona afectada por el fallo se edificó el palacio de justicia

El Tribunal Supremo ha anulado el programa de actuación integrada (PAI) María Cristina de Novelda, promovido por el Ayuntamiento de esa población del Vinalopó Mitjà para desarrollar urbanísticamente la zona de expansión natural del municipio. El fallo del Supremo llega cuando ya se ha desarrollado más de un 60% del plan, incluidos el palacio de justicia, un centro de salud, un colegio y unas 200 casas.

La sentencia, de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso, que condena al Ayuntamiento en costas, no entra en el fondo del litigio y hace firme, por defectos formales del recurso de casación municipal, el fallo que el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) valenciano dictó el 15 de julio de 2003.

Según el TSJ, la reparcelación del sector benefició a determinados propietarios, entre ellos a un ex concejal del PP, Francisco Cid Pineda, en perjuicio del resto. El TSJ invalida el acuerdo firmado por el Consistorio, que entonces presidía la actual consejera de Turismo, Milagrosa Martínez, en diciembre de 1996 con cinco de los propietarios de suelo, entre ellos la empresa de Francisco Cid, Promociones Cid Pineda, SL.

El convenio pretendía ceder suelo al Ayuntamiento para "permitirle la adquisición de terrenos destinados a facilitar la edificación del Palacio de Justicia". Sin embargo, en esta cesión de suelo al Ayuntamiento se establecieron otras "condiciones ilegales".

El compromiso entre los propietarios cedentes de suelo y el Ayuntamiento establecía la reserva de determinadas parcelas antes del proceso de reparcelación de los 110.000 metros cuadrados del plan parcial. Los acuerdos previos no permiten "al propietario cedente reservarse una concreta parcela, de manera que la adjudicación nazca ya prejuzgada y sea una mera ratificación de los compromisos suscritos entre determinados propietarios y a los que han sido ajenos los restantes titulares de terrenos", dice el fallo. El fallo señala que el Ayuntamiento acordó con estas empresas "la adjudicación concreta de una parcela, su superficie y ubicación" sin contar con el resto de propietarios. Incluso, en la misma fecha, ya se otorgó la licencia de obras.

El responsable del recurso inicial que ha motivado el fallo del Supremo, un propietario de suelo en el sector, ha pedido en un escrito al alcalde de Novelda que proceda "de inmediato" a suspender la concesión de nuevas licencias en la zona anulada para "no agravar el problema". Y le advierte de que sería un delito otorgar licencias en el ámbito del PAI a sabiendas de que la sentencia del Supremo ha anulado totalmente ese planeamiento.

El responsable del recurso descarta en principio pedir la ejecución de la sentencia en las zonas ya construidas.

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