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El juez decano de Madrid pide juicios rápidos para los menores

Los jueces alertan de que los delitos de los jóvenes son cada vez más graves

La Agencia de Inserción del Menor de Madrid -dependiente de la Consejería de Justicia de la Comunidad- ha elaborado un informe que reclama que se implanten los juicios rápidos en esta jurisdicción para evitar -"como en la práctica está sucediendo", según el informe- que haya que dejar en libertad a menores recluidos antes de haber recaído sobre ellos una sentencia. En el informe se indica que "numerosos menores que cometen faltas" pueden estar quedando impunes debido a que este tipo de pequeñas infracciones penales "prescribe a los tres meses" y el colapso de asuntos y la falta de tiempo impiden afrontarlas en la vía judicial antes de que transcurra el periodo prescriptivo. La Agencia de Inserción del Menor y el juez decano, José Luis González Armengol, sostienen que, para combatir la impunidad, sobre todo en los delitos graves, son necesarios los juicios rápidos

El decano lo va a proponer en la próxima junta de jueces con la finalidad de elevarlo posteriormente al Ministerio de Justicia. Estos juicios funcionarían igual que los de los mayores e incluirían, aparte de los delitos más graves, los cometidos en el ámbito familiar. Para argumentar la necesidad de imponer vistas rápidas, la Agencia de Inserción del Menor alude al artículo 28 de la Ley Orgánica 5/2000 de Responsabilidad Penal del Menor. Este artículo, según la Comunidad, "establece que las medidas cautelares adoptadas por los jueces podrán mantenerse hasta el momento de la celebración del juicio".La medida cautelar no podrá exceder de tres meses, prorrogables por otros tres atendiendo "a las circunstancias personales y sociales del menor y a la gravedad de los hechos. "Ello supone que en sólo seis meses", aclara la Comunidad, "debe haberse celebrado el juicio, dictado sentencia, tramitado el recurso de apelación y resuelto éste por sentencia de la Audiencia de Madrid. Si en ese plazo no concluye todo el expediente, el menor queda en libertad, con las tremendas consecuencias de todo orden que ello conlleva. Esta situación está sucediendo en la práctica", apostilla la Agencia de Inserción del Menor.

La medida cautelar -internamiento en un centro cerrado, por ejemplo- suele aplicarse en los casos de delitos graves (homicidios, robos con violencia e intimidación...). La Comunidad subraya que en 2004 se ha duplicado el número de medidas cautelares acordadas por los jueces contra menores. En total se dictaron 462 medidas cautelares. Quiere ello decir que si todos esos casos no se solventan antes de seis meses, los afectados quedan en libertad. Y en la práctica, según la Comunidad, ello "está sucediendo". En el informe no se especifica cuántos menores han quedado en libertad por este motivo antes de recibir sentencia.

En los seis juzgados de Menores de Madrid, situados en un edificio de la calle de Julián Camarillo, no cesa de aumentar el registro de expedientes por infracciones penales de menores. El año pasado registraron 4.643 asuntos, frente a los 4.455 de 2003. Y todo ello sin contar los asuntos que la Fiscalía de Menores decide no elevar al juez por tratarse de infracciones poco relevantes, y que resuelve con alguna medida educativa. Entre los jueces preocupa, además, que los delitos en los que se ven implicados los menores sean cada vez más graves.

La Comunidad revela en su informe el efecto perverso que puede originar el que las pequeñas faltas que cometen los menores queden impunes debido a la burocracia judicial o a las prescripciones.

El artículo 10 de la citada ley del Menor indica que las infracciones penales cometidas por los menores "prescriben a los tres meses, cuando se trate de una falta". Al respecto explica la Comunidad: "Este breve plazo conlleva, necesariamente, que en numerosos casos pueda quedar impune un comportamiento del menor, que aunque no sea de especial gravedad, sin embargo, en muchas ocasiones sí marca el inicio de muchos menores en una actividad delictiva, y en los que con una respuesta a tiempo se podría evitar esta lamentable situación". Al margen de que, según añade la Agencia de Inserción del Menor, "esa falta de respuesta social ante el comportamiento infractor del menor puede generar una sensación de impunidad muy perjudicial para los menores". El juez decano señala que hay conductas leves de menores, las faltas (infracciones en las que no media violencia o intimidación), que están quedando impunes. Según el decano, los motivos son "el corto plazo de la prescripción, tres meses, y el hecho de que en algunos casos se trata de menores extranjeros que están ilocalizables y que no acuden a las citaciones". González Armengol llama la atención sobre el incremento de los delitos graves con intervención de menores.

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