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Cartas al director
Opinión de un lector sobre una información publicada por el diario o un hecho noticioso. Dirigidas al director del diario y seleccionadas y editadas por el equipo de opinión

Objeción de conciencia

La objeción de conciencia de los funcionarios ante los matrimonios entre personas del mismo sexo, recientemente reconocidos por el Congreso, debería ser tratada con mucho cuidado. En este breve espacio me limito a anotar tres cuestiones:

1. Las autoridades públicas no deberían excluir a priori que pueda haber un conflicto de conciencia en algunos funcionarios judiciales o cargos municipales que se viesen obligados a declarar un matrimonio como los citados, contra su conciencia, tanto sus convicciones personales, como su concepción del bien común; debería caber una regulación, o una consulta previa, antes de pronunciarse categóricamente.

2. Las autoridades eclesiásticas católicas deberían abstenerse de exigir públicamente comportamientos inmediatos a los políticos o funcionarios católicos. La autonomía de las realidades temporales, la complejidad de las mediaciones civiles y sociales, la independencia de los poderes públicos en un Estado no confesional en relación a las iglesias y el respeto de la misión de los cristianos seglares comprometidos en el servicio público son cuatro razones que piden más prudencia y un mayor respeto hacia los católicos ante la legislación civil, sin intromisiones ni presiones indebidas.

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3. El Estado debe poder encontrar los medios para conciliar, dentro del ejercicio irrenunciable de sus competencias, la presunción de justicia de las leyes democráticamente aprobadas y vigentes, que todos debemos aceptar, con los derechos universales tutelados por las leyes, tanto los de los futuros contrayentes, como los de los funcionarios, sin sofocar un presunto ejercicio de la objeción de conciencia, pero sin dejarlo tan abierto que generase inseguridad jurídica o incumplimiento de las leyes.

Soy objetor de conciencia al servicio militar desde 1980, funcionario público estatal y católico. Como objetor siempre luché por el reconocimiento de la autenticidad y vigencia de ese derecho, pero mantuve igualmente mi oposición ante quienes quisieron apropiarse de la palabra y de su patrimonio simbólico con fines políticos, fueran antisistema, anarquistas o antimilitaristas, pero no por razones verdaderamente éticas. Por lo mismo creo que ahora no se debe utilizar la expresión objeción de conciencia para presionar desde las instancias jerárquicas eclesiásticas.

Por otra parte, las autoridades o funcionarios católicos que lo deseen, tienen suficiente capacidad para hacer la interpretación adecuada, en cada caso, a lo más coherente con sus principios éticos y con el conveniente servicio al bien común. Posiblemente nos encontramos ante un caso de aplicación del principio de doble efecto: se pretende un bien (la regulación jurídica de una relación social interpersonal, con beneficio para las partes), aunque de ello se siga (a juicio de algunos), un mal, menor que el bien buscado, sin perjuicio directo y grave a terceros.

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