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Las firmas de capital riesgo podrán comprar empresas cotizadas

Bajan las tasas de la CNMV y se fomentan los fondos inmobiliarios

Íñigo de Barrón

Las firmas de capital riesgo españolas podrán adquirir compañías cotizadas siempre que las excluyan de Bolsa en menos de un año para sanearlas, según la segunda entrega del Plan de Dinamización de la Economía, cuya remisión a las Cortes fue aprobada ayer en Consejo de Ministros. Además se abaratarán algunas comisiones de la CNMV y se fomentarán los fondos inmobiliarios para que fomenten el alquiler.

España está atrasada en la inversión de los capital riesgo, que son fondos de particulares que destinan su dinero a pequeñas empresas, muchas veces innovadoras, que no encuentran fácil financiación bancaria. Hasta ahora, la normativa española era menos ágil que la de los demás socios europeos, lo que era un freno para estos movimientos, según fuentes del Tesoro. La prueba es que los fondos de capital riesgo español movieron entre 1999 y 2002 un 0,15% del PIB de media, frente al 0,20% que alcanza en Europa.

Tras la aprobación en Consejo de Ministros, se remitirá a las Cortes y, sin más trámites, comenzará su aplicación ya que no necesita desarrollo reglamentario del Gobierno.

Las empresas de capital riesgo podrán adquirir compañías cotizadas para, en menos de un año, sacarlas de Bolsa. El proyecto de ley simplifica y agiliza los trámites para la creación de empresas de capital riesgo y abre su abanico de posibilidades. Así, las firmas de capital riesgo y las sociedades gestoras podrán asesorar a cualquier empresa no cotizada no financiera sin necesidad de formar parte de su accionariado, actividad para las que no están autorizadas ahora. Hasta ahora, la normativa sólo les permite prestar este servicio a compañías en las que participen.

Fondos de fondos

La futura regulación dejará a estas firmas invertir además en otras empresas de capital riesgo españolas o de países de la OCDE, hasta un máximo del 20% de su activo. Por otra parte, se crea una nueva modalidad de fondos que podrán invertir en sociedades de capital riesgo, con la condición de que canalicen a este destino al menos el 50% de su patrimonio y sin poder acumular más del 40% en una sola firma.

Al igual que el resto de fondos, estos instrumentos de inversión se encontrarán supervisados por la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), contarán con partícipes y los podrán comercializar las mismas entidades que venden los demás.

Por otra parte, se abaratan en un 40% algunas tasas aplicadas por la CNMV y se establece un tope máximo de 9.000 euros en las que cobra por admisión de valores en AIAF. Las entidades que mantienen valores de renta fija anotados en Iberclear verán reducido el coste de la supervisión por la CNMV en una tercera parte. Ambas medidas supondrían un ahorro superior a los ocho millones para las entidades de renta fija

Por otro lado, para fomentar el alquiler de vivienda se establece que los fondos de inversión colectiva inmobiliaria puedan realizar promociones de vivienda destinadas al alquiler, sin que exceda del 20% del activo del fondo.

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Sobre la firma

Íñigo de Barrón
Es corresponsal financiero de EL PAÍS y lleva casi dos décadas cubriendo la evolución del sistema bancario y las crisis que lo han transformado. Es autor de El hundimiento de la banca y en su cuenta de Twitter afirma que "saber de economía hace más fuertes a los ciudadanos". Antes trabajó en Expansión, Actualidad Económica, Europa Press y Deia.

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