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Análisis:
Análisis
Exposición didáctica de ideas, conjeturas o hipótesis, a partir de unos hechos de actualidad comprobados —no necesariamente del día— que se reflejan en el propio texto. Excluye los juicios de valor y se aproxima más al género de opinión, pero se diferencia de él en que no juzga ni pronostica, sino que sólo formula hipótesis, ofrece explicaciones argumentadas y pone en relación datos dispersos

Brasil da un paso adelante en materia de infraestructuras

El pasado día 30 de diciembre el Parlamento de Brasil aprobó, tras más de un año de gestación, la Ley Federal 11.079, que establece normas para la licitación y contratación de parcerías (sociedades o emprendimientos) público-privadas (PPP) en el ámbito de la Administración pública. Las PPP son un tipo especial de concesión caracterizada por el hecho de que la remuneración del contratante privado corre a cargo, total o parcialmente, de la Administración pública actuante.

Las PPP brasileñas pueden suponer una oportunidad de negocio para las empresas españolas. Brasil es un país que cuenta con un gran déficit de infraestructuras y existe una conciencia general de que es necesario superar ese déficit para que el país logre entrar definitivamente en el crecimiento económico sostenible. La Administración pública brasileña no tiene ni los recursos financieros ni la capacidad técnica necesarios para construir, operar o mantener los proyectos de infraestructura o de servicios sociales que el país necesita. Hay mucho por hacer en materia de redes de comunicaciones (carreteras y ferrocarriles), puertos, saneamiento, infraestructuras hidráulicas o energía, por citar sólo las áreas más relevantes. Además, Brasil se ha dotado de una rigurosa Ley de Responsabilidad Fiscal que proscribe el déficit público y que limita fuertemente la capacidad de endeudamiento futura.

La nueva ley puede suponer una oportunidad de negocio para las empresas españolas

El Plan Plurianual de Inversiones 2004 -2007 del Gobierno Federal prevé la posibilidad de abrir a la iniciativa y participación privada un número importante de proyectos que se enumeran en el propio documento. El Ministerio de Planeamiento estima que los proyectos en los que las empresas privadas pueden participar requieren una inversión aproximada de 3.000 millones de euros. A ellos hay que añadir los proyectos de infraestructuras de los diferentes Estados que componen la República. Las iniciativas legislativas para regular las PPP se suceden en la mayoría de los Estados. Ya se han dotado de una ley de PPP los Estados de São Paulo, Minas Gerais, Santa Catarina y Goiás. El Estado de São Paulo, por ejemplo, prevé necesidades de inversión privada de aproximadamente 2.000 millones de euros para el mismo periodo 2004-2007.

La Ley Federal 11.079 regula dos tipos de concesiones, la concesión en modalidad patrocinada y la concesión en modalidad administrativa. Especial interés reviste la primera de las modalidades. Una concesión en modalidad patrocinada es una concesión de obras o servicios públicos, que prevé, además de la tarifa que se cobra de los usuarios de la obra o el servicio, una contraprestación pecuniaria a cargo de la Administración actuante. Esto es, se trata de una modalidad que permite que la Administración y el sector privado compartan riesgos, y por tanto parece destinada a aquellas obras o servicios públicos que la Administración pública no pueda acometer por sí sola y que, a su vez, no sean capaces de generar per se recursos suficientes para garantizar un adecuado retorno a la inversión del empresario privado.

De las muchas novedades de la ley cabe destacar dos especialmente relevantes para el inversor privado. Por un lado, se establece la posibilidad de que la Administración pública actuante constituya garantías para asegurar su obligación de pago frente al inversor privado (entre ellas, se prevé la afección de determinados ingresos públicos y la creación, en el ámbito federal, de un Fondo de Garantía de las PPP, con una dotación global de 1.700.000.000 de euros aproximadamente). De otro lado, se incorporan una serie de medidas destinadas a facilitar la obtención de financiación por parte de los inversores privados, entre las que destacan la posibilidad de conceder a los financiadores step-in rights (derechos de acceso al proyecto) en caso de incumplimiento, es decir, la posibilidad de pignorar en favor de los financiadores los créditos frente a la Administración y la posibilidad de que los financiadores reciban una indemnización a cargo de la Administración en caso de vencimiento anticipado del contrato.

Brasil ha aprobado una ley moderna que, finalmente, y tras no pocos debates y discusiones, ha optado por conceder a los agentes privados (contratistas y financiadores) un marco legal que parece adecuado para proteger sus intereses. Esta ley constituye un paso más en el proceso hacia la conquista de la credibilidad externa del país. Tras los logros en materia de contención de la inflación, de reducción del coste de la deuda y de calificación crediticia, esta ley debería ser el vehículo adecuado para que las infraestructuras brasileñas dejen de suponer un freno al crecimiento y al desarrollo del país.

Javier Valle Zayas es abogado en Uría & Menéndez.

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