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El Gobierno aprueba el Reglamento que permitirá regularizar a 800.000 inmigrantes

Los extranjeros con contrato y en España desde agosto podrán solicitar permisos a partir de febrero

Vía libre al Reglamento de Extranjería y a la regularización de los inmigrantes irregulares que tengan contrato y estén en España desde seis meses antes de que entre en vigor. El Gobierno aprobó ayer la normativa que desarrolla la Ley de Extranjería por la que prevé que puedan ser regularizados 800.000 extranjeros. El ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, Jesús Caldera, destacó el amplio consenso alcanzado por el texto (se ha pactado con todos los partidos, excepto el PP, y los agentes sociales) y confió en alcanzar un pacto de Estado sobre inmigración con los populares. Pero éstos, por boca de su secretario general, Ángel Acebes, descalificaron de nuevo el Reglamento porque a su juicio "va contra de la política de la UE".

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El nuevo Reglamento de Extranjería (con 165 artículos y 18 disposiciones adicionales) entrará en vigor un mes después de la publicación del real decreto correspondiente en el Boletín Oficial del Estado (que según fuentes de la secretaría de Estado de Inmigración que dirige Consuelo Rumí se producirá en la primera quincena de enero). Así, el plazo para que los empresarios presenten la documentación para regularizar a los trabajadores que quieran contratar comenzará a principios de febrero y durará tres meses. A esa normalización podrán acogerse quienes acrediten que están en España desde seis meses antes de la entrada en vigor (aproximadamente desde primeros de agosto pasado).

El ministro Jesús Caldera destacó en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros el "amplísimo consenso" cosechado por el Reglamento, al que se han incorporado algunas advertencias, sugerencias técnicas y aclaraciones formuladas en sus informes fundamentalmente por el Consejo General del Poder Judicial y el Consejo de Estado. Caldera explicó que la intención del Reglamento es facilitar la inmigración "legal y ordenada", al tiempo que conecta la inmigración con el mercado de trabajo, de modo que "quien esté trabajando tendrá derecho a un permiso de residencia".

Pese a que el Consejo de Estado ratificó en su informe que el Reglamento "responde, en esencia, a los principios que informan la política común de la Unión Europea y está en la línea de las tendencias de nuestro entorno jurídico en materia de inmigración", el secretario general del PP, Ángel Acebes, insistió ayer en que la nueva normativa "va en contra de la política de la Unión Europea".

"Puertas abiertas"

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En una conferencia de prensa, Acebes dijo que la aplicación del Reglamento "va a provocar una regularización masiva de inmigrantes" y expresó su temor ante la situación que puede crearse. "A una regularización masiva se une la falta de presupuesto para gestionar de manera mínimamente seria este proceso; con esta política de puertas abiertas se incrementan los temores por la presión sobre la Seguridad Social, la educación o el empleo y otros servicios derivados del proceso de regularización", añadió, según informa Efe.

Más aún, el secretario general de los populares afirmó que por el derecho a la reagrupación familiar (que consagra la Ley de Extranjería aprobada por su partido cuando gobernaba) cientos de miles de inmigrantes pueden venir a España. "Si no se hace de manera ordenada, con recursos y de acuerdo con la política de la UE, un problema que es grave el Gobierno lo está convirtiendo en un problema irresoluble a no muy largo plazo", añadió el dirigente del PP.

Un experto que ha participado en la elaboración del Reglamento explica que éste se limita a favorecer el ejercicio del derecho que recoge la Ley, ya que una norma de inferior rango no puede por principio modificar la superior. El Reglamento, según este experto, permite reclamar la reagrupación (del cónyuge, los hijos de alguno de los dos y los ascendientes a su cargo cuando se justifique) cuando se renueva por primera vez el permiso de residencia del solicitante, de modo que se ajustan los plazos burocráticos de modo más práctico.

Precisamente uno de los cambios introducidos en el Reglamento, por indicación del Consejo del Poder Judicial y del Consejo de Estado, se refiere al internamiento de menores extranjeros. El proyecto decía que el juez competente para tomar la decisión al respecto era el juez de menores, pero la legislación general establece que será el juez instructor, de modo que se corrige el texto en ese sentido.

En todo caso, no se ha recogido la petición del CGPJ para que en caso de colaboración con la justicia sean los jueces y no la "autoridad gubernativa" los que concedan el permiso de residencia.

Pero las advertencias más severas del Poder Judicial no se refieren al Reglamento, sino a los aspectos de la Ley que aquél desarrolla que considera discriminatorios para los extranjeros al restringir sus derechos de reunión, manifestación, educación, reagrupación familiar, sindicación y trabajo y que precisamente recurrió ante el Tribunal Constitucional en esos extremos el propio grupo socialista, entre otros.

Texto íntegro del Reglamento de Extranjería en www.elpais.es

Retoques por imanes y universidades

Uno de los cambios introducidos en el Reglamento de Extranjería por sugerencia del Consejo General del Poder Judicial se refiere a la inclusión explícita de los imanes entre los religiosos a los que se exime de la exigencia de permiso de trabajo (artículo 68).

El Poder Judicial estimó que no había razón para una cita expresa de los fieles que dirigen la oración en el Islam y que basta con un genérico "ministros religiosos y miembros de la jerarquía de las diferentes iglesias, confesiones y comunidades religiosas, así como religiosos profesos de órdenes religiosas", si bien en todos los casos deben cumplir una serie de requisitos.

El ministro de Trabajo, Jesús Caldera, explicó que con la inclusión expresa de los imanes no se daba un "tratamiento especial" a éstos frente a otros religiosos, pero se prefirió atender la indicación del órgano de gobierno de los jueces.

Otra de las sugerencias que han sido recogidas provino del Ministerio de Educación, que solicitó que se incluyese también en el artículo 68 una referencia explícita a las universidades como instituciones competentes para invitar o contratar a investigadores a los que de ese modo se exime del permiso de trabajo. Fuentes de la Secretaría de Estado explican que con esto Educación trataba de evitar restricciones erróneas en la interpretación de la normativa.

Además el Consejo de Estado llamó la atención porque en el proyecto de Reglamento se exigía a los extranjeros autónomos acreditar una experiencia profesional que no se exige a los españoles.

Ásí, se exigía a los profesionales que requieran colegiación (abogados, médicos, etcétera) para ejercer su actividad, dos años de experiencia previa para obtener el permiso de trabajo por cuenta propia y residencia.

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