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Tribuna:MEDIO AMBIENTE
Tribuna
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Nueva etapa para los parques nacionales españoles

El autor defiende que las comunidades autónomas asuman la gestión de los espacios naturales con máxima protección, si este traspaso se acompaña de iniciativas legales y políticas que garanticen la cohesión y buen funcionamiento de la red.

La reciente sentencia del Tribunal Constitucional que otorga la gestión de los parques nacionales a las comunidades autónomas ha levantado una notable polémica, en particular en las regiones afectadas, en ciertos sectores de la Administración General del Estado y entre los ecologistas y otros colectivos sociales relacionados con el tema.

Tal polémica resulta lógica si tenemos en cuenta tanto los valores intrínsecos y el valor simbólico asociados a estos destacados lugares, como su relevancia en tanto que ejes principales de las políticas referidas a los espacios naturales protegidos que, en nuestro país, ocupan -o tienden a ocupar en un futuro próximo- una superficie cercana al 20% de la totalidad del territorio.

Sería bueno reforzar la tarea de coordinación del Ministerio de Medio Ambiente
Los espacios protegidos tienden a ocupar una superficie cercana al 20% del total

Tras las primeras reacciones, más o menos triunfalistas en unos casos y notablemente airadas en otros, parece oportuno pasar a una reflexión más serena y constructiva, que facilite una aplicación de esta sentencia en beneficio de una mejor gestión de nuestro patrimonio natural.

Dentro de este marco, conviene comenzar por constatar que los aspectos puramente jurídicos del tema, pese a que se hayan utilizado como argumentos destacados del debate, son los menos cuestionados y cuestionables, ya que resultan claras en nuestra Constitución las competencias autonómicas en materia de espacios naturales protegidos.

Si dichas competencias habían quedado fuertemente rebajadas para el caso de los parques nacionales en el modelo vigente de gestión a lo largo de los últimos años, ello derivaba más de la ambigüedad de la anterior sentencia del Constitucional y del temor a una eventual pérdida de capacidad de control por parte de la Administración General del Estado que de una interpretación ajustada de la legalidad vigente.

El problema actual surge, por lo tanto, de la encomiable claridad de la presente sentencia, que impide continuar con el desafortunado modelo de gestión existente, pero que, al mismo tiempo, y teniendo en cuenta los desatinos al uso en algunas de nuestras comunidades autónomas en materia de conservación de la naturaleza, ha conducido a que algunas organizaciones ecologistas y funcionarios de la Administración central piensen que las consecuencias prácticas de la sentencia serán el desmantelamiento de la Red de Parques Nacionales y el aumento de los desmanes en los espacios naturales protegidos más emblemáticos del país.

Este posicionamiento, pese a tener cierto fundamento para algunas de las áreas afectadas, me parece, cuando menos, exagerado y simplista.

La gestión de espacios naturales protegidos en España posee ya una larga trayectoria que, entre otras cosas, nos debe hacer tener en cuenta que, si bien los parques nacionales fueron durante décadas el motor de todo el sistema, a lo largo de los últimos años algunas comunidades autónomas han mostrado un dinamismo y una adecuación a los nuevos criterios internacionales establecidos en la materia, muy superior a la que ha predominado en los sectores que han estado a cargo de la Red de Parques Nacionales en el periodo más reciente.

No hay que olvidar que han sido precisamente estos sectores los que han hecho retroceder las políticas renovadoras que se iniciaron en la última fase del desaparecido Icona, retornando a visiones desfasadas que no prestan la obligada atención a la necesidad de combinar la conservación de la biodiversidad y de la naturaleza en general con la mejora de las condiciones de vida y el derecho al bienestar de las comunidades humanas del entorno de las áreas protegidas, ni, por lo tanto, al papel de éstas como dinamizadoras de nuevos modelos de desarrollo rural más armónicos.

La integración que ahora se inicia de la gestión de los parques nacionales con la positiva dinámica en cuanto a conservación de la naturaleza de algunas comunidades autónomas, como es el caso de la andaluza, puede llevar a un claro avance en la materia, superando casos tan aberrantes como la división de gestión entre los parques nacional de Doñana y natural del entorno de Doñana (con dos direcciones y dos administraciones para un mismo espacio), así como a facilitar la ampliación de la propia Red de Parques Nacionales, al desaparecer el recelo a declarar áreas protegidas bajo esta figura por parte de las comunidades autónomas, ya que dejaría de ser considerado como una "cesión de soberanía" a la Administración General del Estado.

Sin embargo, también es necesario reconocer, como otra cara de la moneda, que algunos gobiernos de comunidades autónomas han destacado más bien por su insensibilidad, cuando no por su obsesión urbanizadora y especuladora de su más relevante patrimonio natural, lo cual puede llevar a pensar, como han expresado las principales organizaciones ecologistas -aunque generalizando de forma inadecuada- en el desastre que puede ocurrir cuando asuman la gestión de los parques nacionales que se encuentran en su territorio.

Por lo tanto, lo malo no es que las comunidades autónomas pasen a gestionar de forma exclusiva los parques nacionales, cosa que más bien parece positiva y congruente con el modelo de Estado de las autonomías que nos rige, sino que el problema podría surgir de la previsible mala gestión por parte de algunas de ellas, así como de una eventual ausencia de control suficiente por parte del Gobierno central respecto al cumplimiento de los requisitos exigidos para la gestión de los espacios naturales incluidos bajo esta figura de protección y gestión.

Esta situación debería llevar a aquéllos que tienen las principales responsabilidades en la materia, a asumir un traspaso de gestión ordenado y sin sobresaltos, así como a iniciar de forma inmediata una modificación de la legislación vigente que facilite una ampliación y consolidación de la Red de Parques Nacionales, a fin de cumplir de forma más coherente sus fines primordiales.

Por otra parte, dado que el personal actual de Parques Nacionales -la mayoría del cual posee un alto grado de experiencia y una dedicación ejemplar a su trabajo- seguiría gestionándolos sobre el terreno, no cabe, en principio, esperar una transición particularmente difícil, siempre y cuando las respectivas comunidades autónomas no reorienten los presupuestos, el personal o el propio uso del territorio de los parques nacionales hacia otros fines, cosa más que probable en algunos casos, si no se establecen los necesarios controles sociales y políticos.

Precisamente para velar por el cumplimiento de lo establecido en el Plan Director de la Red de Parques Nacionales y en los compromisos internacionales asumidos por España, sería bueno reforzar la tarea de coordinación y supervisión del Ministerio de Medio Ambiente, muchas veces despreciada por ciertos funcionarios y cargos políticos del mismo, y que sin embargo resulta de trascendental importancia.

Por último, en referencia a la homologación internacional de nuestros parques nacionales, que ha sido ya cuestionada por algunos sectores para cuando se produzca el traspaso de su gestión a la respectivas comunidades autónomas, hay que decir que no existe más riesgo que la eventual mala gestión de alguno de ellos.

En este sentido conviene recordar que lo que determinan la Comisión Mundial de Áreas Protegidas de la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza y Naciones Unidas es que la categoría de parque nacional se establece para proteger la integridad ecológica de un área, excluir los tipos de uso incompatibles con esa protección y promover actividades de uso público compatibles ecológicamente.

Sólo el incumplimiento de estos objetivos lleva a retirar esta calificación a un área, y no quién sea el organismo encargado de su gestión. En efecto, aunque un parque nacional, "debe estar bajo responsabilidad de la máxima autoridad competente de la nación con jurisdicción sobre la zona"... puede ser gestionado por "...otro órgano legalmente establecido...".

Tal marco permite, sin duda, que los parques nacionales mantengan su categoría a escala internacional siendo gestionados por las comunidades autónomas, siempre y cuando haya una supervisión de las actividades y unos mecanismos correctores de eventuales desmanes, por parte de la máxima autoridad competente (Ministerio de Medio Ambiente).

Como conclusión, se podría, pues, decir que la nueva situación creada posee aspectos muy positivos, como el facilitar una mayor coherencia en la gestión de los espacios naturales protegidos de cada comunidad autónoma, e integrar mejor esa gestión en las condiciones socioambientales de cada región, pero también tiene, como hemos mencionado, notables aspectos sombríos. Entre éstos cabe destacar la ya citada pésima gestión de los espacios naturales protegidos por parte de algunas comunidades autónomas, la cual podría extenderse a los parques nacionales, y la eventual reducción de medios de gestión y protección.

Para que estos aspectos negativos no acaben dominando, es inexcusablemente necesario renovar el marco legal general, establecer unos acuerdos concretos que mantengan la coherencia del sistema y ampliar la participación pública, reforzándola en los patronatos con una mayor presencia de los sectores técnicos y sociales más favorables a la conservación.

Siguiendo estos criterios, los parques nacionales podrían transformarse en el eje central de la conservación y uso sostenible de la biodiversidad a escala autonómica y nacional, así como servir de dinamizadores de un relanzamiento socioeconómico de su entorno compatible con el mantenimiento de sus valores naturales, actuando como nuevos vectores de desarrollo local sostenible para las áreas en las que se enclavan, generalmente deprimidas.

Buenos ejemplos en esta línea existen ya por fortuna, y quizá sea ésta una buena oportunidad para extenderlos a todo el país.

Humberto da Cruz es profesor de la Universidad Complutense de Madrid, miembro de la Comisión Mundial de Espacios Protegidos de la UICN y ex director general del Icona.

Los Picos de Europa desde Mogrovejo (Cantabria).
Los Picos de Europa desde Mogrovejo (Cantabria).FRANCISCO ONTAÑÓN

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