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CAMBIOS EN EL CÓDIGO PENAL | VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES

Penas más duras para los hombres que para las mujeres a partir del verano

Uno de los aspectos más novedosos y polémicos de la Ley Integral contra la Violencia de Género es que castiga con mayor severidad a los hombres que a las mujeres que maltraten a su pareja o ex pareja. Para frenar las reticencias políticas, sobre todo del PP, y facilitar la unanimidad, ese endurecimiento se ha extendido también a cualquier persona que maltrate a otra "especialmente vulnerable" con la que conviva, al margen del sexo del agresor y el agredido. Tanto el Consejo General del Poder Judicial, con una postura dividida, como el Consejo de Estado se han mostrado en contra de este tratamiento penal sexista. El Gobierno lo considera "avalado" con las tres aprobaciones por unanimidad de la norma en el Parlamento, según la secretaria general para las Políticas de Igualdad, Soledad Murillo.

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Unanimidad contra la violencia machista

Aunque la ley integral, que ayer superó su última votación, entrará en vigor previsiblemente en enero (30 días después de su publicación en el BOE), tanto los cambios penales como la creación de los nuevos juzgados especializados en violencia contra la mujer estarán vigentes seis meses después, el próximo verano.

A partir de ese momento, el Código Penal castigará las lesiones que menoscaben la integridad de la mujer con una pena de dos a cinco años de prisión si el autor es el hombre con el que tiene o ha tenido una relación sentimental (el mismo castigo tipificado para casos de ensañamiento, por ejemplo). Si la agresora es la mujer, el castigo será de seis meses a tres años de prisión.

En el supuesto de lesión leve, menoscabo psíquico o maltrato de obra sin lesión, será falta si lo comete la mujer contra su compañero u otro conviviente vulnerable (de tres meses a un año de prisión) y delito si quien actúa así es el hombre (de seis meses a un año de prisión o trabajos en beneficio de la comunidad).

Las amenazas leves se castigarán con una pena de seis meses a un año de prisión o trabajos para la comunidad cuando el agresor es hombre y de tres meses a un año cuando es mujer. Las coacciones leves de la pareja masculina se sancionarán con una pena de de seis meses a un año de prisión o trabajo en beneficio de la comunidad. Si las practica la mujer se considerará falta.

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