Trillo adjudicó en sólo 15 días y sin publicidad el seguro de Defensa
El contrato se prorrogó sin estar firmado pese a llevar un año en vigor
El ex ministro de Defensa Federico Trillo-Figueroa tramitó sin publicidad y en sólo 15 días, en pleno puente de la Constitución del año 2001, la adjudicación de un seguro de vida y accidente para él mismo y 20 altos cargos de su departamento. Las seis aseguradoras invitadas a participar en el concurso sólo dispusieron de tres jornadas hábiles para estudiar las condiciones y presentar sus ofertas. No es extraño que sólo una se presentara: la que ganó. Pese a esta inicial premura, la firma del contrato se demoró un año. Incluso se decidió su prórroga antes de haberlo firmado, lo que plantea dudas sobre su legalidad.
Tres de los beneficiarios afirman que el ex ministro no les comunicó que existía tal póliza
Trillo, ahora diputado del PP, tramitó a velocidad de vértigo el expediente para dotar a los altos cargos de Defensa de un seguro de vida y accidente, con una prima de 450.759 euros por fallecimiento. Sólo pasaron 15 días, cinco de ellos festivos, desde que se convocó el concurso hasta que se adjudicó.
El ministro recurrió, además, al procedimiento menos transparente, el "negociado sin publicidad", que evita la publicación en el BOE. Su existencia sólo se ha conocido tres años después, cuando la aseguradora se ha dirigido a los nuevos responsables de Defensa para renovar el contrato.
El contraste entre esta póliza exclusiva para los altos cargos y la falta de seguro de los militares que murieron en el accidente del Yak-42 está en el origen del escándalo, que puede tomar otro cariz si se confirman los indicios de irregularidad en el expediente.
El martes 4 de diciembre de 2001, el Ministerio de Defensa remitió a seis compañías aseguradoras (tres más de las que obliga la ley) una invitación para presentar ofertas y hacerse con un contrato presupuestado en 27.045 euros para los años 2001 y 2002.
La empresas recibieron la invitación al día siguiente, miércoles. En la carta se las emplazaba a recoger el pliego de cláusulas administrativas y condiciones particulares del concurso antes de las 14 horas del 7 de diciembre. Pero el 6 era fiesta de la Constitución y el 8 la Inmaculada, por lo que sólo disponían de la mañana del día 7 para hacerse con el pliego. Y muchas compañías hacían puente aquel viernes.
El plazo fijado para presentar las ofertas expiraba el día 13. En consecuencia, sólo contaban con tres días hábiles, de lunes a miércoles, para estudiar el concurso. La presentación de una oferta, según fuentes del sector, implica realizar una evaluación de riesgos y un cálculo de probabilidades de siniestralidad, partiendo de un perfil de los asegurados que tenga en cuenta su edad, peligrosidad de las actividades que realizan y antecedentes. El departamento que hace este estudio no es normalmente el mismo que aprueba la oferta, por lo que en cada compañía es necesario elevar el informe al órgano competente y esperar su aprobación antes de presentarse al concurso.
"Es prácticamente imposible cumplimentar todos estos trámites en sólo tres días", aseguran las fuentes consultadas. En consecuencia, no sorprende que, aunque fueron invitadas las aseguradoras más importantes de España, sólo una presentara oferta, la misma que resultó adjudicataria: AC Insurance, SA-NV
La mesa de contratación se reunió el viernes 14 de diciembre. Una semana después, el 21 de diciembre, se adjudicó el contrato, por un montante de 22.728 euros. Ese mismo día se notificó el resultado al contratista.
La extraordinaria celeridad con que adjudicó el concurso contrasta con la no menos insólita demora en su formalización. El artículo 54 de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas señala que "los contratos de la Administración se formalizarán en documento administrativo dentro del plazo de 30 días a contar desde el siguiente al de la notificación de la adjudicación". Sin embargo, el contrato se firmó el 26 de diciembre de 2002, un año y cinco días después de la notificación.
El mismo artículo de la citada ley afirma que "no se podrá iniciar la ejecución del contrato sin la previa formalización". Pese a ello, el contrato empezó a aplicarse el 1 de noviembre de 2001. Es decir, casi dos meses antes de la adjudicación y 14 de la firma.
La ya mencionada ley sólo permite que la ejecución preceda a la firma del contrato cuando se tramite por los procedimientos de urgencia o emergencia. El primero responde a "necesidades inaplazables o razones de interés público"; y el segundo, a "acontecimientos catastróficos" o similares. No parece que un seguro para altos cargos encaje en ninguna de las dos situaciones. En cualquier caso, se requiere legalmente una declaración motivada de urgencia o emergencia que no consta que se realizara jamás.
Pero aún resulta más sorprendente que el Ministerio de Defensa aprobara prorrogar el contrato el 29 de noviembre de 2002, casi un mes antes de firmarlo.
El "órgano de contratación" fue el propio ministro Federico Trillo-Figueroa. Él ordenó iniciar el expediente, el 11 de septiembre de 2001; aprobó la adjudicación, el 21 de diciembre; y firmó el contrato, un año después.
El artículo 28 de la ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas dice que las autoridades se abstendrán de intervenir en los procedimientos en que tengan "interés personal". El ministro encabezaba la lista de los 21 beneficiarios del seguro.
Expertos fiscales consultados consideran que, en la medida en que el seguro cubría actividades privadas de los altos cargos, puede considerarse una "retribución en especie", por lo que el titular de Defensa se estaría otorgando a sí mismo una retribución.
En efecto, en el contrato se decía que quedaban "expresamente cubiertos por la póliza [...] los accidentes que pudieran producirse con ocasión de la práctica de la caza, sea mayor o menor, esquí, deportes náuticos y patinaje"; así como los derivados de "embriaguez, siempre que ésta no tenga carácter habitual".
Estas condiciones no fueron añadidas por la aseguradora, sino que figuraban en el pliego de condiciones especiales del concurso, aprobado el 28 de noviembre de 2001, sólo un día después de que la Intervención Delegada fiscalizara el gasto.
Una disposición adicional de los Presupuestos para 1989 autorizaba a concertar seguros de vida y accidentes "que cubran las contingencias que se produzcan con ocasión del desempeño, por personal al servicio de la Administración del Estado [...], de funciones en las que concurran circunstancias que hagan necesaria dicha cobertura".
Pero esta disposición no afectaba sólo a los altos cargos, como en Defensa, sino al conjunto de funcionarios; y aludía además a accidentes que se produjeran "con ocasión del cargo", excluyendo así actividades privadas.
Aunque desde 1991 existían seguros similares en el Ministerio de Presidencia, en Defensa no había nada parecido hasta que tomó la iniciativa Trillo-Figueroa. El asunto se llevó tan en secreto que tres de los altos cargos beneficiarios de la póliza han asegurado a EL PAÍS que el ministro nunca les comunicó su existencia.
Lo que resulta aún más chocante pues, ignorando las condiciones de la póliza, no habrían podido reclamar a la aseguradora en caso de tener derecho a indemnización. De hecho, al Ministerio de Defensa no le consta que en sus tres años de vigencia, debido a las sucesivas prórrogas anuales, se haya hecho uso del seguro.
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