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La "supremacía" del texto de la UE frente al español

El conflicto apuntado por el Consejo de Estado entre la Constitución española y la Carta Europea aprobada ayer radica en el supuesto choque de "supremacía" entre ambas normas. El máximo órgano consultivo del Gobierno en materia legislativa le ha instado a pedir una declaración del Tribunal Constitucional que determine si existe o no una "contradicción irreductible" en este asunto, al afirmar las dos Leyes Fundamentales la primacía del Derecho que emana de ellas.

El artículo 9.1 de la Constitución española establece que "Los ciudadanos y los poderes públicos están sujetos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico".

El precepto al que se opone este enunciado sería, según el Consejo, el artículo I-VI de la Constitución para Europa que dice así: "La Constitución y el Derecho adoptado por las instituciones de la Unión en el ejercicio de las competencias que se le atribuyen a ésta primarán sobre el Derecho de los Estados miembros".

Los expertos en la interpretación de las normas constitucionales no se ponen de acuerdo en la percepción o inexistencia de tal colusión entre normas.

El catedrático de Derecho Constitucional de la UNED Antonio Torres del Moral discrepa en la interpretación que hace el Consejo del artículo 9.1 de la Constitución como enunciado de la supremacía de la Ley Fundamental. Así, asegura que "la jerarquía suprema de la Constitución emana del Título IX que faculta al TC a anular el resto de leyes que contradigan a la Constitución".

Europeizar la Constitución

Otros expertos, sin embargo, afirman que sí existe conflicto, y que es necesario "europeizar" la Constitución de 1978. El catedrático Marc Carrillo, de la Universidad Pompeu Fabra de Barcelona, cree que esto debe hacerse "a través de una fórmula que permita la integración de la dualidad constitucional que se iniciará con la entrada en vigor de la Constitución europea".

Javier Corcuera, catedrático de la materia en la Universidad del País Vasco, asegura que una reforma constitucional que integrara el "hecho europeo, del que no se menciona nada en la Constitución", es una cuestión de "higiene legislativa". Corcuera estima que la habilitación de cesión de competencias a las organizaciones internacionales que se menciona en el artículo 93 de la Constitución española es "insuficiente a estas alturas".

"Hacer como que no existe Europa para la Constitución, cuando la primacía del Derecho Comunitario está claramente establecida por la jurisprudencia, es incomprensible", concluye el catedrático. El Consejo de Estado señala en esta dirección al sugerir en su dictamen que el artículo 93 debería reformarse para incluir una "cláusula de integración" que abra el ordenamiento español al comunitario. La falta de referencias a la UE en la Constitución debe ser enmendada, según coinciden los expertos.

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