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Los tribunales estudian una demanda contra Interior por "errores" en un rescate

La familia de un ahogado pide 146.000 euros por "descoordinación"

El Tribunal Superior de Justicia deberá resolver en breve una demanda presentada contra la Administración vasca por un rescate realizado por los servicios de emergencias de la Ertzaintza en el que falleció una persona. La familia del hombre que murió ahogado en febrero de 1997 en Gorliz sostiene que la demora de más de 50 minutos en la llegada del helicóptero policial desde el aviso sólo se pueden explicar por la "descoordinación" y los "insuficientes medios" provistos por Interior para el salvamento.

Por el contrario, la Administración vasca apunta en sus conclusiones que la actuación de los servicios de rescate "se ajustó a principios de eficacia y razonabilidad" ante emergencias.

Antonio Rodríguez Martín, de 43 años y agente de la Policía, paseaba el 10 de febrero de 1997 junto a su hijo menor por una zona de acantilados de unos 50 metros de profundidad, en Górliz, cuando la mala fortuna hizo que se cayera a un mar embravecido. Exactamente durante 51 minutos luchó contra el oleaje para asirse a una roca y mantenerse en pie. Pero la baja temperatura del agua en esa época, el cansancio y los sucesivos golpes del oleaje fueron debilitando sus fuerzas. Cuando, casi una hora después, la tripulación del helicóptero de rescate lo sacó de l agua y trasladó a un aparcamiento, donde le esperaba una ambulancia medicalizada, se encontraba semiinconsciente. En el hospital sólo pudieron certificar su muerte.

Por este fallecimiento se abrieron diligencias en un juzgado de Getxo y se llegó a imputar al jefe de Recursos Operativos de la Ertzaintza, José Manuel Betanzos. El juez, finalmente, sobreseyó la causa penal el 18 de marzo de 1998, en un auto en el que se apuntaba que el rescate "se hizo en unos tiempos lógicos y empleando las disponibilidades conforme a protocolo". Un año después, la Audiencia vizcaína confirmó el sobreseimiento, descartando "negligencia" o que los "medios de rescate de la consejería de Interior fueran tremendamente chapuceros".

El entonces consejero de Interior, Juan María Atutxa, tuvo que responder a preguntas parlamentarias por este caso y llegó a decir en la Cámara que, una vez analizada la operación de rescate, "se valoró negativamente la actuación del piloto".

La familia presentó entonces ante el Departamento de Interior una reclamación, en abril de 1999, por responsabilidad patrimonial de la Administración en el fallecimiento de Antonio. Y el consejero Javier Balza dictó una orden el 22 de febrero de 2000 por la que se desestimaba íntegramente la reclamación.

Argumentaba Interior en su resolución que no existía una "relación de causalidad" entre la actuación policial, la dotación de medios desplegados y la muerte del accidentado. Y aseguraba que "en modo alguno la presencia de un buzo profesional" en el helicóptero hubiese convertido el rescate en un éxito.

Actuación "deficiente"

Lo que ahora tendrá que estudiar la Sala de lo Contencioso Administrativo del alto tribunal vasco es si existe o no una responsabilidad patrimonial de la Administración por la supuesta "deficiente" actuación de sus servicios policiales y de emergencias en el rescate realizado hace mas de siete años en los acantilados de Astondo.

Algunas de las personas que estuvieron presentes en el operativo de rescate han declarado en la causa a lo largo del pasado mes de abril. Así, el comandante del helicóptero aseguró el día 27 de eses mes que la muerte de Antonio Rodríguez Martín "se debió a una falta de organización, previsión y dirección" por parte de Interior. "El rescate hubiera sido muy fácil en caso de haber tenido un buzo a bordo", resaltó el piloto, quien considera las declaraciones del entonces consejero Atutxa una forma "torticera y obtusa" de justificar cómo tenían organizados los rescates, "cargando la responsabilidad sobre el piloto" del helicóptero.

El piloto reiteró que había pedido al entonces jefe de Recursos Operativos que no retirara del grupo de helicópteros a los buzos. Y en su declaración efectúa una afirmación llamativa. Asegura que la respuesta de Betanzos ante la pregunta de qué hacer si se producía un rescate de mar sin buzos fue textualmente: "Le echáis un cable al agua, si consigue agarrarse y le subís, bien; y si no, que le den por el culo y que se ahogue; no haberse caído al agua".

En su declaración de 23 de abril pasado, el ex jefe de Recursos Operativos de la Ertzaintza negó la mayor y dejó claro que "todos los operadores del helicóptero tienen una preparación polivalente y suficiente" para todos los tipos de emergencias que se puedan producir, incluido "el rescate en el mar". "Para ello no es necesario ser buzo", remarcó.

La Administración, en sus siete folios de conclusiones, utiliza el testimonio de Betanzos para reiterar, con "una probabilidad rayana en la certeza", que la intervención de un buzo "no hubiera evitado el fatal desenlace". "El servicio de rescate", dice, funcionó "con normalidad" y de forma "eficiente". La familia del fallecido solicita una indemnización de 146.090 euros.

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