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Alperi recurre la sentencia que protege una torre del siglo XVI

El alcalde de Alicante, el popular Luis Díaz Alperi, adelantó ayer su intención de recurrir la sentencia que obliga al Ayuntamiento a derribar unas viviendas edificadas en el entorno protegido de la Torre Placia, una construcción defensiva del siglo XVI declarada Bien de Interés Cultural (BIC).

Tras conocer el fallo del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) valenciano que obliga a despejar el entorno protegido del monumento, el alcalde dijo que la decisión de recurrir es estrictamente técnica, porque "los expertos municipales siguen pensando que el Ayuntamiento tiene razón". Según Díaz Alperi, la sentencia aplica criterios extemporáneos, ya que cuando se concedió la licencia a la urbanización junto a la torre no estaba declarado el entorno del BIC.

La sentencia de la sección tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJ, dictada el día 8 de septiembre, obliga al Ayuntamiento de Alicante a demoler un conjunto de viviendas construido a tan sólo 63 centímetros de la Torre Placia, junto al campo de golf de la playa de San Juan.

El acoso urbanístico a este monumento comenzó en noviembre de 2000, cuando el Ayuntamiento concedió una licencia de obras a la promotora Azalea de Alicante Cooperativa de Viviendas para que ejecutara dentro del Plan Parcial La Condomina la edificación inicial de 40 viviendas unifamiliares.

Advertencias

La Consejería de Cultura, a través de la Dirección General de Patrimonio Artístico, ordenó al Consistorio "la inmediata paralización con carácter cautelar de las obras" y le advirtió de que éstas no podrían ser reanudadas sin autorización de ese centro.

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Pero el Ayuntamiento contestó que "no procedía". El tribunal considera acreditado que Torre Placia es un monumento BIC, lo que implica su protección según una ley de 1998. Y sostiene que el Ayuntamiento de Alicante conocía la existencia del carácter BIC al menos desde 1993 y, por consiguiente, está obligado a asumir su protección.

La sala critica que el Ayuntamiento de Alicante, en ningún momento, se ha dado por aludido por la existencia en su término de un monumento BIC, y ha ignorado las previsiones legales de protección del mismo y las advertencias autonómicas, "planificando y gestionando su territorio con absoluto desprecio a ese patrimonio cultural".

Según la sentencia, "la corporación municipal está obligada a adoptar las medidas de conformidad a las normas y por lo tanto se anula y queda sin efecto el acuerdo que otorgó las licencias a la constructora".

El fallo ordena al Ayuntamiento alicantino la adopción de las medidas necesarias, incluida la demolición, que "posibiliten la restauración de la legalidad patrimonial vulnerada". El TSJ libra al Consistorio del pago de las costas.

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