_
_
_
_

Un estudio subraya "las incongruencias" de la enseñanza de la religión

Cuando la Administración asume la propuesta de los obispos de no renovar a un profesor de religión por haber actuado no sólo conforme a derecho, sino en ejercicio de derechos fundamentales (casarse con un divorciado, ejercitar la libertad de expresión o el derecho a la huelga), actitud que se apoya en la legislación vigente [acuerdos de 1979 entre España y la Santa Sede], se producen dos consecuencias contrarias a la Constitución: a) confusión entre funciones estatales y religiosas, que es contraria al principio de laicidad, y b) el Estado está sancionando indirectamente a los ciudadanos por ejercitar derechos fundamentales.

Ésta es una de las conclusiones del libro Profesores de religión en la enseñanza pública y Constitución española, de Juan Ferreiro Galguera, profesor de Derecho de la Universidad de A Coruña. Lo publica la Editorial Atelier y trata de la debatida cuestión de la enseñanza de la religión en la escuela pública, pero, sobre todo, de la legislación que afecta a los profesores que la imparten.

Más información
No a la religión en la enseñanza pública
El conflicto de los docentes de religión apremia a los grupos parlamentarios
La peculiar situación de la asignatura de Religión este curso
Ni religión obligatoria ni religión optativa
Los obispos piden a los padres que no se dejen "confundir" y apunten a sus hijos a Religión

Partiendo de los antecedentes legislativos en la dictadura, Ferreiro se refiere a las diversas maneras de regular la materia durante los gobiernos de UCD, PSOE y PP, y refleja los problemas jurídicos que han planteado esos intentos legislativos: quién es el empleador (la Administración) y qué naturaleza jurídica tienen esos contratos (contrato laboral atípico, de duración anual). Y estudia el asunto que más impacto ha causado en los medios de comunicación: el de los profesores de religión cuyos contratos no fueron renovados por conductas que los obispos censuraban desde su moral católica, pero que suponían el ejercicio de derechos constitucionales (contraer matrimonio con un divorciado), e incluso fundamentales (derecho a la huelga o a la militancia política).

El estudio detalla las medidas legislativas a adoptar para superar los conflictos, y, en todo caso -de no adoptarse aquéllas-, aconseja eliminar "las incongruencias" del actual sistema.

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo

¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?

Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.

¿Por qué estás viendo esto?

Flecha

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.

Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.

En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.

Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_