Anulado el acuerdo de Justicia que denegó a una mujer la nacionalidad por ejercer de prostituta
La Audiencia Nacional ha concedido la nacionalidad española por residencia a una mujer dominicana en contra del criterio del Ministerio de Justicia, que se la denegó por estimar que no había justificado suficiente buena conducta cívica. El hecho único en el que se basó Justicia fue que la demandante "venía ejerciendo la prostitución en clubs de alterne de Zaragoza", lo que determinó su detención en 1993 y un expediente de expulsión revocado en 1995, al casarse con un español.
Asesorada por los letrados de oficio Ana Noguerol y Raúl Curto, la peticionaria de nacionalidad por residencia impugnó la resolución de los organismos de Justicia que se la denegaron, dado que cumplía todos los requisitos objetivos para obtenerla.
La sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional razona que "el ejercicio de la prostitución no constituye por sí actividad ilícita, ni penal ni administrativamente, y tampoco ha de configurarse como antisocial, sobre la base de un estándar ético y al margen del submundo que suele instaurarse a su alrededor". Reprocha a la Administración que presuponga el ejercicio de la prostitución "contrario a las buenas costumbres".
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