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El Ayuntamiento de Bilbao debe pagar a un vecino por los ruidos de la limpieza

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha condenado al Ayuntamiento de Bilbao a pagar 10.000 euros a un vecino por los perjuicios quele han causado los ruidos de las labores de limpieza municipal en las inmediaciones de su domicilio, ubicado en la calle Doctor Areilza. La sentencia también obliga al servicio de limpieza a dejar de utilizar maquinas barredoras y un camión cisterna.

El denunciante se quejó ante el Ayuntamiento antes de presentar la demanda judicial por considerar que los ruidos vulneraban su derecho fundamental a la inviolabilidad del domicilio y el derecho a la intimidad y a la integridad física. El TSJPV constató que la limpieza viaria se realiza en la zona los domingos de 6.30 a 8.30 horas y que un informe técnico municipal señaló que los niveles de ruido superaban lo permitido.

La sentencia recoge que Tribunal Supremo considera al domicilio como un "ámbito inmune" a agresiones externas, como el ruido, aunque procedan de actividades lícitas, y que el Constitucional estableció la protección del derecho a la intimidad en el domicilio frente a ruidos excesivos y evitables. El fallo señala que "no consta" que esos derechos no se puedan armonizar con la limpieza.

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