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El registro de parejas de hecho ha tramitado 6.057 inscripciones desde su creación en 1995

En el último año sólo el 10% de las peticiones fueron de parejas homosexuales

Sólo el 10,8% de las parejas inscritas en el registro de parejas de hecho de la Comunidad son homosexuales. Desde la creación de esta oficina en 1995, por iniciativa del PSOE, se han inscrito un total de 6.057 parejas. Desde septiembre de 2002 hasta noviembre de 2003, las parejas heterosexuales que dieron este paso fueron 1.673, mientras que sólo 203 pertenecen al colectivo homosexual. Los colectivos de gays y lesbianas critican el carácter restrictivo de la Ley de Parejas de Hecho. La Consejería de Justicia e Interior creará una nueva sala en su sede para acoger estas celebraciones.

El consejero de Justicia e Interior y vicepresidente segundo de la Comunidad, Alfredo Prada Presa, ha decidido que una de las salas en la planta baja del edificio de su consejería se destine a las celebraciones de las uniones de parejas de hecho que se inscriben en el único registro que a tal efecto tiene la Comunidad de Madrid. Hasta el momento era un mostrador en el vestíbulo del edificio situado en el número 17 de la Gran Vía el lugar en el que se sustanciaban estas inscripciones. Prada aseguró que su voluntad es "dignificar este registro" porque la inscripción es "para muchas personas un acto que simbólicamente se asocia a un matrimonio". El consejero quiere también informatizar el registro y permitir que se obtengan certificaciones desde cualquier ventanilla de la Administración autonómica.

Desde que este registro de parejas de hecho se pusiera en funcionamiento en el año 1995 -a iniciativa del entonces presidente de la Comunidad, Joaquín Leguina-, un total de 6.057 parejas han decidido dejar constancia oficial de su relación de convivencia. Uniones que se realizan de forma libre, pública y notoria, con una estabilidad durante un periodo de al menos doce meses, requisitos imprescindibles para poder acceder al registro.

Durante el periodo comprendido entre septiembre de 2002 y noviembre de 2003 se inscribieron 1.673 parejas heterosexuales y 203 fueron de homosexuales, tan sólo un 10,8% del total.

La inscripción en este registro ciñe la equiparación de las parejas de hecho, sea cual sea su orientación sexual, exclusivamente a los "derechos que la legislación de derecho público de la Comunidad de Madrid reconoce a las parejas que han contraído matrimonio", algo que es criticado por los colectivos de gays y lesbianas. Esta circunstancia impide una equiparación plena, de tal modo que no se reconoce la adopción ni el matrimonio a los homosexuales (la primera competencia no ha sido traspasada y la segunda requiere cambiar el Código Civil). El anterior presidente de la Comunidad, Alberto Ruiz-Gallardón, prometió estudiar la posibilidad de regular la acogida de menores por parte de parejas homosexuales si los expertos la avalaban. Dos estudios (encargados por la Comunidad), de la Facultad de Psicología de la Universidad de Sevilla y del Colegio de Psicólogos de Madrid, en los que se decía que "no existen apenas diferencias entre los hijos e hijas de familias compuestas por parejas heterosexuales" que entre los criados por parejas de gays y lesbianas. Pese a ello, Gallardón terminó sus legislaturas sin regular lo solicitado por los colectivos homosexuales.

Entre 30 y 45 años

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Los últimos datos con los que cuenta la Consejería de Justicia e Interior, pertenecientes al mes de noviembre de 2003, muestran que la franja de edad de las parejas que más solicitan la inscripción en el registro es la comprendida entre los 31 y los 45 años (124 registradas), les sigue las de entre 18 y 30 años.

Por el estado civil, la mayoría de los solicitantes son solteros (214); sólo 31 estaban divorciados, y 28, separados. La mayoría de los miembros de las parejas inscritas eran de nacionalidad española (212), 5 del resto de la Unión Europea y 63 de otros países. Los efectos reales de la inscripción en el registro de parejas de hecho se reducen a materias de función pública y tributaria. En el primero de los casos se reconocerán los derechos recogidos en los convenios colectivos para el personal laboral y en el Acuerdo de Funcionarios en lo referente a licencias y permisos, licencias con sueldo parcial y sin sueldo, excedencias y ayudas por ascendientes a cargo del trabajador.

En cuanto a la fiscalidad, existe equiparación con los matrimonios en los impuestos de sucesiones y donaciones.

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