Menores inmigrantes
La sorprendente instrucción de la Fiscalía General del Estado regulando la actuación de los fiscales respecto a los menores no acompañados en España a fin de facilitar su expulsión, supone, a mi juicio, la ruptura del modelo de fiscal establecido en la Constitución, por romper los principios de legalidad e imparcialidad en su actuación, y a la vez es un grosero incumplimiento de la Convención de los Derechos de Niño suscrita por España.
Rompe con los principios de legalidad e imparcialidad para ponerse al servicio de una política gubernamental para con la inmigración, que sólo tiene en cuenta las dificultades económicas y administrativas para cumplir la ley (el art. 172 del Código Civil), dificultades a su vez generadas por la ruin política macroeconómica que acaba con superávit en las cifras y superávit en la exclusión y desestructura social, y que obliga al fiscal general a hacer encaje de bolillos para entregarse a la insolidaria política gubernamental y justificar un concepto legal de "desamparo" incompatible con el que proclaman tanto la Convención de los Derechos del Niño (art. 20) como la Ley Orgánica de Protección Jurídica del Menor 1/96 (arts. 13 y 14), que considera que el interés del menor prevalece frente a cualquier otro interés que concurra por legítimo que pudiera ser (art. 2 de la Ley Orgánica), en línea con el mandato de la referida Convención (art. 3.1), y que incluye una inadmisible discriminación por razón de nacionalidad, proscrita por el art. 2 de la Convención de los Derechos del Niño.
Esta pérdida de imparcialidad del ministerio fiscal en una cuestión tan sensible para los derechos de los menores no debiera quedar impune en nuestra sociedad, y requiere una enérgica y democrática respuesta de los colectivos sociales que trabajan a favor de los derechos de los menores, y especialmente de los menores excluidos, como son los menores inmigrantes que entran en España buscando posibilidades de vida digna, a los que la lamentable circular del fiscal general equipara a jóvenes españoles "que, con consentimiento expreso o presunto de sus padres, tengan un trabajo remunerado por cuenta ajena, viven de forma independiente o incluso, habiendo contraído matrimonio, tienen su propia familia" (pag. 7 de la circular).
Y una censura democráticamente contundente de la sociedad española a los poderes públicos, en particular a una Fiscalía General del Estado incapaz de salvaguardar su imparcialidad e independencia, en la defensa de la legalidad entregada a un Gobierno que sólo sabe dar respuesta a los problemas de los niños y jóvenes con endurecimiento irreflexivo de las leyes, sin alcanzar a comprender cuánta es su responsabilidad en lo que ellos mismos y sus medios califican de juventud violenta, peligrosa y sin valores y de qué modo su política contribuye precisamente a esa pérdida de valores y a la marginación y exclusión social de muchos niños y jóvenes, y especialmente de los que proceden de la inmigración.
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