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Las parejas de hecho no se benefician de la ley de familias numerosas

El Pleno del Congreso aprobó ayer cuatro leyes que afectan a Medio Ambiente, personal sanitario, familias numerosas y discapacitados. Los puntos más destacados de cada una figuran a continuación.

- Familias numerosas. Con la nueva ley se benefician las unidades familiares integradas por cónyuges separados o divorciados con tres o más hijos, aunque éstos no sean comunes, pero no las parejas de hecho. Cuando ambos cónyuges trabajen, estas familias obtendrán bonificaciones del 45% de las cuotas de la Seguridad Social en la contratación de cuidadores de menores o personas dependientes. Las categorías se reducen de tres a dos: general y especial. Las primeras serán todas aquellas de cinco hijos o más y las de cuatro hijos, de los cuales al menos tres procedan de parto, adopción o acogimiento permanente. Se incluirán en esta categoría las familias con cuatro hijos cuyos ingresos anuales divididos por el número de miembros que la integran no superen el salario mínimo interprofesional. El resto pertenecerá a la categoría general.

- Discapacitados. La norma regula una nueva figura, la del "patrimonio especialmente protegido de las personas con discapacidad"; una vez constituido, queda vinculado de forma inmediata a la persona discapacitada. Con ello, se pretende solventar la inquietud de los progenitores o tutores sobre el futuro del discapacitado cuando no puedan hacerse cargo de él. Los parientes que no hayan prestado atenciones debidas en vida al discapacitado no podrán heredar de éste.

- Profesiones sanitarias. La Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias regula la carrera profesional (formación continua, acreditación de cursos, niveles, registro de profesionales) del personal, tanto de la sanidad pública como de la privada, informa Emilio de Benito. La norma también incluye la posibilidad de que los pacientes escojan médico. El punto más conflictivo es el papel de los colegios profesionales, responsables del control de los trabajadores y que pueden dar el visto bueno a los cursos.

- Ley de Montes. La gestión del espacio arbolado en España (15,2 millones de hectáreas) tenía una asignatura pendiente con la Constitución que se saldó ayer con esta ley. La vigente era preconstitucional (1957) y no tenía en cuenta la plena competencia de las autonomías en esta materia. La media de árboles por persona es de 130. El nuevo marco regulador aspira a elevar esa cifra a 250. Otorga a los propietarios privados de montes (80%) la facultad de corresponsabilizarse en una gestión sostenible. Prohíbe la recalificación de suelos afectados por incendios forestales e incorpora al Catálogo de Montes de utilidad Pública los espacios protegidos de la Red Natura 2000 y las zonas de protección para las aves (Zepas).

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