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Sanidad, condenada por la muerte de una mujer a la que le fue diagnosticado un simple catarro

La Audiencia Nacional ha condenado al Ministerio de Sanidad y Consumo a indemnizar con 120.000 euros a la hija y a la hermana de una paciente, María Lourdes C. M., que falleció en enero de 1999 en el Hospital de La Princesa tras haberle sido diagnosticado siete días antes un simple catarro que se complicó y derivó en una neumonía y en una fuerte infección que no le supieron tratar.

Según la sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado José Guerrero Zaplana, María Lourdes acudió el 17 de enero de 1999 al servicio de urgencias del ambulatorio de la calle de Doctor Esquerdo con síntomas catarrales. Allí se le diagnosticó un resfriado común de tipo vírico. Al día siguiente, acudió a su médico de cabecera, que ratificó el diagnóstico y el tratamiento, recomendándole además reposo. A pesar de seguir las pautas recomendadas por el doctor y de tomar las medicinas recetadas, el estado de la paciente fue empeorando. Le aparecieron manchas en la piel, aumentó de forma considerable la sensación de malestar, a lo que le acompañó una gran sequedad de boca, vómitos y sudoración profusa y fiebre.

El día 20 de enero, la enferma recibió visita domiciliaria de su médico de cabecera, quien le diagnosticó una intoxicación medicamentosa con reacción urticariforme generalizada, por lo que ordenó que una enfermera acudiese diariamente a la residencia de la paciente para administrarle el tratamiento. Sin embargo, a lo largo del día siguiente María Lourdes comenzó a tener dificultad respiratoria y poco a poco fue empeorando su estado, por lo que, tras consultar con el Servicio de Toxicología, decidió acudir al Hospital de La Princesa, donde se le realizaron diversas pruebas y se quedó ingresada con una neumonía pulmonar, un fracaso renal y una eritrodermia medicamentosa.

Ingreso en la UCI

El deterioro del estado de la enferma llevó a los facultativos a ordenar su ingreso en la UCI cuando se dispusiera de camas libres. Pero el día 22, y sin que a la paciente le hubiera sido asignada una plaza en Cuidados Intensivos, María Lourdes sufrió una parada cardiorrespiratoria y le detectaron la presencia de un germen sensible al antibiótico.

La mujer entró en coma y, tras permanecer varios días en este estado, falleció el 26 de enero. Un día antes, la hermana y la hija de la afectada presentaron un escrito de reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración, que fue desestimado por Sanidad. La familia de la difunta recurrió esta decisión, que ha sido estimada en parte por la Audiencia Nacional. En su escrito, la parte demandante solicitó una compensación de 240.404 euros.

El tribunal considera que fue la falta de atención a la paciente antes de que ingresara en la UVI, junto al hecho de que para la doctora que la atendió en primera instancia en el ambulatorio pasara desapercibida la infección faringea que María Lourdes presentaba, fue lo que provocó su defunción.

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