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El fiscal pide 10 años al ex alcalde de Pego por dañar el marjal

El fiscal pedirá 10 años y 10 meses de prisión para el ex alcalde de Pego Carlos Pascual en la vista oral que comenzará mañana por la desecación e incendio de unas 600 hectáreas del parque natural de la Marjal de Pego-Oliva entre 1996 y 1998. Además de Pascual, están imputados el ex teniente de alcalde de Pego y presidente de la comunidad regantes de los arrozales de esta localidad, José Orihuel Morera, para quien el fiscal pide 7 años y 10 meses, y cuatro acusados de incendiar y actuar contra el paraje, Eduardo Briones, Fernando Sastre, Fernando Daniel Cardona y José Luis Ruiz, para quienes demanda 6 años de cárcel.

La vista oral por este caso, en el que Acció Ecologista-Agró representa a la acusación popular y la Generalitat a la particular, está previsto que se desarrolle hasta el 7 de noviembre en la Audiencia de Alicante. En la calificación del ministerio público, también se pide que sobre Pascual y Orihuel recaiga una pena de inhabilitación especial para cargo público electivo y, en el caso del segundo de ellos, para el cargo en la comunidad de regantes. El fiscal pide que, además de las costas, los acusados indemnicen a la Generalitat con 3,9 millones de euros (Pascual y Orihuel el 48% de esa cantidad, respectivamente, y el 1% los cuatro imputados restantes), y dictamina que el Ayuntamiento de Pego y la comunidad de regantes son los responsables civiles subsidiarios. El fiscal recuerda que el Marjal de Pego-Oliva tiene una importancia ambiental reconocida internacionalmente y que una orden del Gobierno valenciano del 6 de mayo de 1996 acordaba que en 3 años no podía efectuarse "ninguna alteración" del entorno físico de este paraje de 1.250 hectáreas, 850 de ellas humedales. El fiscal considera que Pascual y Orihuel soslayaron esta decisión y promovieron la quema de la vegetación, la rebaja de los niveles de agua y la construcción de caminos para favorecer el cultivo del arroz, actividad que había sido paralizada en el marjal desde 1974. De esta forma, se provocó la "muerte masiva" de peces, la destrucción de importantes comunidades vegetales, la afectación del entorno faunístico y el riesgo de que el descenso del nivel hídrico causara la intrusión de agua del mar. Estas actuaciones se llevaron adelante a pesar de que el juzgado de instrucción número 2 de Dénia prohibió en 1997 cualquier trabajo y apercibió de desobediencia a los dos principales acusados.

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