Mil familias reclaman la ayuda de 2.710 euros por cuidar a sus mayores
Más de un millar de familias han solicitado la ayuda de 2.710 euros mensuales que la Consejería de Servicios Sociales anunció hace un mes para familias con ancianos inválidos a su cargo. Esta subvención, que se puede solicitar hasta el 4 de octubre, va destinada a aquellos cuidadores con una renta per cápita anual inferior a los 9.286 euros. Pero tendrán prioridad aquellos hogares en los que la persona que atiende al anciano sea mayor de 65 años.
Este año Servicios Sociales dispone de 2,8 millones de euros para estas ayudas -la mitad suyos y el resto aportados por el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales-, por lo que sólo tiene capacidad para subvencionar a unas 1.061 familias, más o menos el mismo número de solicitudes recibidas hasta ahora.
Los responsables de la consejería admiten que desconocen cuántos hogares cumplen los requisitos para recibir esta subvención. "Podíamos haber esperado hasta hacer un estudio, pero hemos preferido actuar y, a través de las solicitudes que recibamos, conocer qué necesidad hay de este servicio", explican.
"Nuestro objetivo es contribuir a la permanencia de los ancianos en su domicilio ayudando en los gastos a los familiares que los cuidan", matiza un portavoz de la consejería. Las mismas fuentes explican que no saben qué ocurrirá con estas ayudas tras las elecciones autonómicas del próximo 26 de octubre, pero aseguran que, si el triunfador es su partido, el PP, las subvenciones seguirán dándose.
Los solicitantes deben ser familiares del anciano al que atienden. Tienen preferencia, por este orden, los cuidadores que también sean mayores; los hogares con más de un jubilado inválido; los que tengan ancianos con un mayor grado de dependencia; los de menores ingresos, y aquellos en los que el cuidador tenga más edad que el enfermo.
El grado de dependencia del anciano se establece mediante un informe de su médico. Las solicitudes se obtienen en los centros de servicios sociales y de mayores y, dirigidas a la Dirección General del Mayor, pueden presentarse en cualquier registro público.
Convivencia de un año
Los receptores de estas ayudas deben ser mayores de edad y tienen que acreditar su residencia en la Comunidad y también la convivencia con la persona mayor durante el año anterior a la fecha de presentación de la solicitud. Entre el peticionario y la persona atendida deben existir vínculos familiares y el beneficiario no puede tener deuda alguna ni en la Comunidad ni en ninguna otra administración pública.
Estas ayudas, dirigidas tanto a españoles como a extranjeros con residencia legal, son incompatibles con otras similares, como las que se perciben por el acogimiento familiar de ancianos o las pensiones contributivas de gran invalidez. Tampoco pueden percibirse si el anciano acude a un centro de día. En la región viven unos 800.000 mayores de 65 años, la mayoría de ellos en la capital.
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