Curso y recurso vasco
El curso político vasco se inició ayer por todo lo alto: con el anuncio de un recurso del Gobierno de Vitoria contra el Estado español ante el Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo. Alega que tanto la Ley de Partidos como el rechazo por el Constitucional del recurso presentado por el propio Gobierno vasco contra esa ley vulneran derechos reconocidos por el Convenio Europeo de Derechos Humanos. Al mismo tiempo, el presidente del Parlamento vasco anunció su intención de pagar al grupo heredero de Batasuna la subvención que el Supremo ordenó suprimir.
A la hora de concretar esas vulneraciones el Gobierno vasco parece mezclar dos cuestiones diferentes. Por una parte, alega que la ley vulnera el derecho de libre asociación y el principio de no retroactividad. Por otra, que no se respetó el derecho a un juez imparcial y a un proceso equitativo al rechazar la recusación que planteó en su día contra el presidente del Tribunal Constitucional, Jiménez de Parga.
Respecto a la constitucionalidad de la Ley de Partidos, es cuestionable que el Gobierno vasco esté legitimado para recurrir ante Estrasburgo. Para estarlo tendría que demostrar interés legítimo en la causa. Y los argumentos de fondo ya fueron rechazados por el Tribunal Constitucional con razones solventes: que lo que se prohíbe no es el derecho de asociación en abstracto, sino la pertenencia a una formación que actúa conforme a un criterio de "complementariedad política" con un grupo terrorista, y que no hay retroactividad porque los antecedentes sólo se emplean a efectos de comprender y valorar actuaciones posteriores a la vigencia de la ley.
La cuestión de la imparcialidad es más compleja. Jiménez de Parga fue muy imprudente en algunos comentarios y tal vez debió abstenerse en el procedimiento. Así lo sostuvieron cinco de los once magistrados que se pronunciaron sobre su recusación. Ello da alguna base para la admisión a trámite de la demanda del Gobierno vasco en este aspecto, aunque no necesariamente para aceptar que haya habido vulneración de derechos. Estrasburgo tendría que analizar hasta qué punto declaraciones previas a la apertura de un proceso contaminan a quien ha de juzgar. En todo caso, no afectará al fondo de la cuestión, ya que Jiménez de Parga fue uno de los doce magistrados que fallaron por unanimidad en favor de la constitucionalidad de la ley.
Pero el efecto político de una admisión a trámite en materia tan delicada sería considerable. Y, como dijo recientemente el portavoz del PNV, Joseba Egibar, iniciativas de este tipo "tienen una lectura política". El nacionalismo inicia el curso con dos decisiones aparentemente contradictorias: recurso ante los tribunales (internacionales) por un lado; desafío a los tribunales (españoles) por otro, desobedeciendo la orden expresa del Supremo sobre las subvenciones a la ex Batasuna. Pero una lógica de fondo une ambas actitudes: el desafío a la legalidad española que le exige el nacionalismo radical en un momento en que necesita sus votos en el Parlamento vasco para hacer avanzar el plan Ibarretxe.
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