Bruselas denuncia a España por no haber traspuesto la directiva sobre morosidad
El proyecto de ley español lleva al menos un año de retraso respecto de la norma europea
La Comisión Europea tiene la intención de enviar hoy a España ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea por su "pasividad" a la hora de incorporar a la legislación española las disposiciones de la directiva comunitaria sobre morosidad. Bruselas recuerda que el plazo de trasposición de la normativa europea venció hace un año, en agosto de 2002, y señala, además, que el anteproyecto de ley adoptado el pasado 27 de junio por el Consejo de Ministros "no puede entenderse como una trasposición correcta" de la directiva, por eso se decide seguir adelante con el expediente.
La Dirección General de Empresas opta así por dejar el asunto en las manos de los jueces europeos. El colegio de comisarios tiene previsto adoptar la decisión hoy como punto A sin debate. La acusación es clara: "inacción" por parte de las autoridades españolas a la hora de adaptar la legislación nacional a una directiva sobre morosidad aprobada por los Quince hace ya tres años. El plazo que se dio a los Estados miembros para que traspusieran el nuevo texto que armoniza las distintas legislaciones sobre morosidad era de dos años.
La Comisión Europea considera que España ha faltado a sus obligaciones como Estado miembro. El origen de este proceso de infracción está en una denuncia de la Federación de Industrias de la Alimentación y Bebidas (FIAB) -que agrupa al 80% de las empresas españolas del sector (15.000 pymes)- por los daños que le estaba causando la pasividad del Gobierno a la hora de acometer la reforma legal.
La FIAB calcula el retraso medio en el pago de las deudas en 110 días. "Es una directiva vital para la industria", afirma Bruselas. Y no es para menos. Se calcula que una de cada tres empresas quiebra por este tipo de abusos. La demora media en España se estima en 68 días, 15 días más que en toda la Unión.
El objetivo primordial de la directiva es el de "poner freno" a las demoras en los pagos comerciales y otorgar a los acreedores el derecho a una compensación "razonable" en caso de retraso en el pago de la deuda. Para ello se unifican las disposiciones nacionales sobre plazos de pago, fechas de vencimiento y el tipo legal de interés aplicable a los retrasos. La directiva establece que las deudas deben pagarse en un plazo máximo de 30 días desde la fecha de la factura o la solicitud de pago, a no ser que se haya acordado un plazo superior. En el caso de las administraciones públicas, podrá llegar hasta los 60 días.
El interés que se aplicará a la demora será siete puntos superior al tipo fijado por el Banco Central Europeo (BCE) en los países de la zona euro. El tratamiento que se dará al sector público y el privado será el mismo, aunque se contempla alguna excepción como la mencionada antes. Respecto al procedimiento de cobro de la deuda, la directiva prevé una "reserva de dominio" a favor del vendedor por la que no se podrán entregar los bienes hasta que la deuda no haya sido pagada por el comprador. La reserva, en todo caso, deberá ser pactada antes de la entrega.
La Comisión Europea tiene conocimiento de que las autoridades españolas "pretenden trasponer" las disposiciones de la directiva comunitaria a la legislación española. Pero se señala que el anteproyecto de ley adoptado el 27 de junio "no puede ser tomado" como una trasposición "correcta" de la directiva. Bruselas ya envió un dictamen motivado -segunda fase del procedimiento de infracción- contra España el pasado 5 de febrero advirtiéndole por última vez de que por retraso en la trasposición de la normativa se arriesgaba a ir ante el Tribunal de Justicia de la UE. La amenaza se ha consumado y los argumentos presentados por las autoridades españolas hasta ahora "no han sido suficientes para parar el procedimiento".
Quejas de los empresarios
A estas críticas se ha sumado la Confederación Española de Asociaciones de Fabricantes de Productos de Construcción (Cepco), quienes han solicitado al Gobierno que introduzca el "espíritu de la directiva comunitaria" en el proyecto de la Ley contra la Morosidad con el fin de que se frene la actual deuda financiera de las pymes evaluada en 12.777 millones de euros.
Cepco recuerda que la industria auxiliar soporta unos plazos de pago de 193 días de media, según informa la Central de Balances del Banco de España, soportando una carga financiera de varios miles de millones de euros, por lo que pide frenar, evitar y combatir los abusos de comercio y los plazos de pago abusivos. Según la patronal, esta situación genera en un 25% la quiebra de las empresas con una repercución laboral sobre 450.000 empleos al año.
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