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LA REFORMA EDUCATIVA

La asignatura de Religión, la reválida y el segundo idioma extranjero

Con la Ley de Calidad, el Ministerio de Educación ha creado un área de estudio llamada Sociedad, Cultura y Religión, que se pondrá en marcha a partir del curso 2004-2005 en todos los cursos de la enseñanza obligatoria y en 1º de bachillerato. Este área tiene dos opciones, una confesional (cuyos contenidos establece la Iglesia) y otra llamada Hecho Religioso.

Estas dos asignaturas contarán a todos los efectos en las etapas educativas obligatorias, incluso para repetir curso, como una asignatura más, incluso en 1º de bachillerato, que ya no es enseñanza obligatoria, aunque no contará para obtener una beca. Así pues, con dos asignaturas suspensas, una de ellas puede ser la Religión, se repetirá curso.

Más información
El Gobierno aprueba el examen de reválida, que supondrá un 40% de la nota del bachillerato

Los profesores que impartirán esta asignatura serán, para la Religión, los designados por la Iglesia, sin necesidad de que hayan pasado unas oposiciones y que escapan al control del Gobierno; es el obispado quien decide a quiénes selecciona. Para el Hecho Religioso, el Gobierno ha dispuesto que lo impartan o bien profesores de Historia o de Filosofía.

- Bachillerato (de 16 a 18 años). Con la nueva ley se establecen tres modalidades: bachillerato de las Artes, bachillerato de Ciencia y Tecnología y bachillerato de Humanidades y Ciencias Sociales.

El estudio de una segunda lengua extranjera pasa de ser optativa a ser una asignatura específica en la modalidad de Humanidades. En el resto de modalidades de bachillerato, mantiene el carácter de optativa. Además, se incluye la asignatura de Tecnología de la Información y de la Comunicación en la modalidad de Ciencias y Tecnología.

- Reválida. Para obtener el título de bachiller, el alumno tendrá que haber aprobado todas las asignaturas de los dos cursos y haber superado la prueba general de bachillerato, la nueva reválida. La calificación final del bachillerato se extraerá de la media ponderada entre la nota obtenida en la prueba general de bachillerato (que contará un 40%) y la media del expediente académico del alumno en esos dos cursos (que contará un 60%).

Para hacer la media total, será requisito indispensable tener al menos un 5 en la prueba general de bachillerato. Cada estudiante dispondrá de cuatro convocatorias para superar este examen. Los alumnos que hayan aprobado todas las asignaturas del bachillerato, pero no la reválida, tendrán un certificado que les servirá para acceder al mercado laboral y podrán matricularse, mediante otra prueba, en los ciclos formativos de la formación profesional de grado superior.

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