El Consell recurre una sentencia que multiplica por nueve el valor de una expropiación en Terra Mítica
El Consell anunció ayer su disconformidad con una sentencia del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) que eleva de 4,8 a 36 millones de euros el precio de una expropiación de terrenos en el entorno del parque temático Terra Mítica de Benidorm. La Generalitat, a través de la sociedad Proyectos Temáticos de la Comunidad Valenciana -ente de titularidad pública que gestionó la reserva de suelo tanto para la ejecución del parque temático como para los demás proyectos de ocio y complejos hoteleros- ha confirmado que presentará un recurso de casación ante el Tribunal Supremo por considerar que "la sentencia del TSJ no se ajusta a derecho, ya que presenta infracciones al ordenamiento jurídico".
El fallo del TSJ se produce a raíz del recurso presentado por los propietarios de unos terrenos en la partida El Moralet, en el entorno de Terra Mítica. La propiedad rechazó los 4,8 millones de euros en los que el Jurado Provincial de Expropiación Forzosa tasó el suelo y acudió a los tribunales. Los demandantes sostienen que la Generalitat valoró sus terrenos en función de su calificación como suelo forestal, pero que posteriormente los recalificó como suelo urbanizable.
El TSJ, en base a la jurisdisprudencia del Supremo referida a una demanda similar a raíz de la construcción del parque temático Port Aventura, en Salou (Tarragona), acepta el "carácter urbanístico de la expropiación" y, por ende, que la Generalitat no abonó a los propietarios el valor real del terreno expropiado.
Mientras, la Sociedad Proyectos Temáticos de la Comunidad, a través de una nota pública, mantiene la tesis contraria. Para la entidad pública, la tasación fue legal. "De acuerdo a la legislación vigente, el justiprecio de la parcela debe establecerse, tal y como fijó el Jurado Provincial de Expropiación Forzosa, conforme a la naturaleza del suelo en el momento de iniciarse el procedimiento de expropiación", recoge la nota. El Consell resalta que la sentencia rompe la línea jurídica del TJS sobre reclamaciones de esta naturaleza, con siete sentencias favorables a la Administración.
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