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El Supremo absuelve a un etarra condenado a 16 años de cárcel por defectos de prueba

La Sala Penal del Tribunal Supremo ha absuelto al etarra José Félix Pérez Alonso de los delitos de asesinato frustrado, depósito de armas de guerra, tenencia de explosivos y robo de vehículo por los que fue condenado por la Audiencia Nacional a un total de 16 años y ocho meses de prisión en junio de 2002. El alto tribunal señala que los hechos deben quedar acreditados, y en la sentencia de la Audiencia Nacional "no aparece descrita, y ni siquiera afirmada", la participación de Pérez Alonso a través de un comportamiento personal. Pérez Alonso quedó en libertad el pasado 24 de abril, al adelantar el Supremo a la Audiencia Nacional su decisión de estimar el recurso.

La sentencia de la Audiencia Nacional declaró que Pérez Alonso, como integrante del comando Basáñez de ETA, tuvo conocimiento del intento de asesinato del dueño del bar Tito, de Lejoa (Vizcaya), en septiembre de 1979. La sentencia dijo que "al menos dos" de los integrantes del comando dispararon sus pistolas y uno de ellos alcanzó en un brazo a un cliente.

El Tribunal Supremo explica que no basta afirmar el "conocimiento de los hechos" por un etarra o que éste "estaba al tanto de todo y lo consentía". "Tenía que haberse afirmado que tuvo una actuación personal en los disparos", ya que la doctrina penal exige que haya participado con algún comportamiento en el suceso de que se trate.

José Félix Pérez Alonso fue detenido en Francia en 1988 y condenado a 17 años de reclusión. Extinguió su condena en 2000 y fue extraditado a España en enero de 2001.

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