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El Supremo confirma la sentencia contra el ex delegado de Salud de Jaén por falsedad en facturas

El Tribunal Supremo ha confirmado la condena impuesta al ex delegado de Salud de Jaén Mateo Herrera a un año de prisión como inductor de un delito continuado de falsedad en documento público y mercantil en el caso de las facturas falsas cobradas al Servicio Andaluz de Salud por la empresa Cerlin en 1994. La Audiencia Provincial de Jaén, en noviembre de 2000, condenó además a Herrera el pago de una multa de 1.800 euros, e impuso la misma pena a los responsables del Servicio Andaluz de Salud (SAS) en 1994, Marcial Mariscal y José Luis Molina. También fueron condenados los responsables de Cerlín, Araceli Martínez, Manuel López Sagastizabal y Eduardo Bonet por cooperación necesaria de un delito de falsedad en documento público y mercantil y a otro año de prisión por estafa.

El fraude de las facturas falsas se descubrió en 1999 cuando aparecieron volantes de operaciones no ejecutadas y de otras cobradas por un importe mayor al que correspondía en el Hospital Los Marqueses de Linares. La empresa Cerlín firmó en 1994 un convenio con la Consejería de Salud para efectuar intervenciones quirúrgicas con el fin de reducir las listas de espera. La sentencia declaró probado que, en fecha no determinada, en el despacho del entonces delegado provincial del SAS, éste mantuvo una reunión con Molina Padilla, Martínez Pedregosa y Bonet Vázquez en la que acordaron la modificación del contrato, para lo que no estaban autorizados los representantes del SAS. Así, añade, se ordenó y autorizó la realización de facturas en diciembre de operaciones que se practicarían en los primeros meses de 1995 y la facturación de operaciones distintas a las realmente practicadas "siempre por importe superior al real, con la contraprestación por parte de Cerlín de realizar más operaciones de las facturadas aunque no estuvieran contempladas en el concierto", con lo que se reduciría la lista de espera. Explica que este acuerdo tenía "distinta intención" para cada una de las partes, ya que los responsables del SAS no obtuvieron beneficio económico alguno y perseguían la finalidad de reducir al máximo las listas de espera. Los demás acusados -agrega el fallo- tenían "una clara intención de beneficio económico ilícito, ya que se aprovecharon de tal circunstancia y de la falta de control por los responsables del SAS para obtener cantidades superiores a las pactadas por operaciones realmente practicadas".

El alto tribunal, al rechazar el recurso del ex delegado de Salud contra su condena, reconoce que está claro que Mateo Herrera "no pretendía, como los representantes de la clínica médica, que el SAS resultase estafado". No obstante, añade, "en su afán de obtener unos mejores resultados, aún a costa de la ilegalidad de los medios usados para ello, indujo a sus subordinados a falsificar la documentación, lo que, en cualquier caso, integra el delito objeto de condena".

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