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Los servicios mínimos dictados por Camps el 20-J eran ilegales

El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Comunidad Valenciana considera ilegal la resolución por la que el entonces delegado del Gobierno en la Comunidad Valenciana, Francisco Camps, en la actualidad candidato del Partido Popular a la presidencia de la Generalitat, establecía los servicios mínimos para la huelga del pasado 20 de junio. El juzgado de lo contencioso-administrativo número siete de Valencia anula la resolución en la que Camps establecía los mínimos para los Servicios Periféricos de la Administración del Estado (entre ellos, por ejemplo, los del Inem, las oficinas de sanidad exterior o vegetal o las del catastro o tesorería) durante la última huelga general por considerar que no está suficientemente argumentada. La sentencia responde al recurso presentado por CC OO a dicha resolución.

La federación de servicios y administraciones públicas del sindicato en la Comunidad Valenciana recordó que CC OO y UGT llegaron a un acuerdo "verbal" sobre los servicios mínimos a aplicar durante el paro general con el subdelegado del Gobierno, Félix Crespo y el secretario general de la Delegación, Juan José Sendra. Un acuerdo que "nada tenía que ver" finalmente con la resolución del Delegado del Gobierno y que CC OO consideró "abusivo". Con su sentencia, el TSJ coincide con la opinión del sindicato.

El coordinador del Sector de la Administración del Estado de CC OO-PV, Francisco Palomares, explicó ayer que a pesar de la satisfacción por un fallo que llega tras la huelga, la Delegación del Gobierno consiguió en su momento lo que quería.

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