¿Dónde está la Protección Civil?
De las muchas preguntas que cabría hacerse con relación a la catástrofe del Prestige, llama especialmente la atención que estemos obviando una de las más elementales: ¿dónde está la Protección Civil? Lo advertía, hace poco, Miguel Izu (EL PAÍS, Cartas al Director, 15-12-2002): "No sabemos nada del ministro que, según la ley, debería haber coordinado todo. ¿Dónde se esconde [Ángel] Acebes? ¿Por qué le ha reemplazado [Mariano] Rajoy? ¿Por qué nadie habla de esto?"
Efectivamente, a estas alturas de la catástrofe nadie parece haberse percatado aún de la misteriosa desaparición política de la máxima autoridad estatal en materia de Protección Civil, el ministro del Interior. El colosal despiste afecta a los medios de comunicación, a los grupos parlamentarios que debieran controlar la acción del Gobierno y también, mucho me temo, al propio Gobierno. Gracias a esa incomprensible conjunción de despropósitos, justo cuando España está sufriendo una de las peores catástrofes de los últimos años, el ministro Acebes disfruta, con toda probabilidad, de uno de los períodos más apacibles de su etapa al frente del Ministerio del Interior.
España se halla lejos de los sistemas de gestión de desastres más evolucionados
Este sorprendente asunto no se reduce, sin embargo, a una espectacular maniobra de evasión de responsabilidades políticas por parte de un ministro del Gobierno Aznar o bien a una escaramuza más en la larga marcha hacia la nominación del candidato del PP a la presidencia del Gobierno. Ni siquiera, a mi entender, cabría circunscribirlo al forcejeo encaminado a fijar los blancos políticos de la ira popular suscitada por la desdeñosa intervención del Estado en el desarrollo de esta catástrofe.
Porque, a pesar de resultar enorme, el ninguneo consentido del ministro del Interior no supone más que la punta del iceberg de una cuestión de mayor trascendencia y que no resulta prudente seguir alejando del debate público. Me refiero a la capacidad real de nuestro sistema de Protección Civil para, como dispone el artículo 1 de la Ley 2 / 1985, protegernos y socorrernos de forma efectiva en las situaciones de grave riesgo colectivo, catástrofe o calamidad pública.
El Tribunal Constitucional estableció que la Protección Civil -dado que ni la Constitución ni los Estatutos de Autonomía la contemplaron- debía incluirse, con carácter prioritario, en el ámbito material de la seguridad pública (STC 123 / 1984 y 133 / 1990) y que está constituida por el conjunto de acciones destinadas a evitar, reducir o bien corregir los daños provocados a personas y bienes por parte de todo tipo de medios de agresión y por los elementos naturales o extraordinarios en tiempo de paz, siempre que el alcance y la gravedad de sus efectos les conceda el carácter de calamidad pública (STC 123 / 1984).
Hubiera sido erróneo, sin embargo, que para la realización de este cometido -como se afirma en el preámbulo de la Ley 2 / 1985- se tuviera la pretensión de crear ex novo unos servicios específicos, suplantar o bien ejercer directamente los servicios públicos que pudieran tener relación con la Protección Civil, e incluso disponer directamente de los medios necesarios para dicha finalidad. Bien al contrario, ésta debe actuar a través de procedimientos de ordenación, planificación y coordinación de los diferentes servicios públicos existentes y que estén relacionados con la situación que trate de afrontar.
Incardinada, pues, en el título competencial de la seguridad pública, la Protección Civil constituye una submateria en la que se producen competencias concurrentes entre las diversas Administraciones públicas y, por consiguiente, ninguna de ellas dispone de competencias exclusivas.
De tal forma que cuando se halle implicado un "interés nacional", la competencia corresponde al Estado y, en el resto de las situaciones, a las comunidades autónomas o bien a las corporaciones locales de acuerdo con la magnitud de la emergencia (STC 133 / 1990). Son dos los supuestos -además de cuando se declara el estado de alarma, excepción y sitio- que, como sucede en el caso del Prestige, demandan una dirección estatal: cuando el siniestro afecte a varias comunidades autónomas y sea necesaria una aportación de recursos a nivel supraautonómico, y cuando las dimensiones efectivas o previsibles del siniestro así lo requieran.
Sin embargo, la efectividad requerida en un ámbito tan sensible necesita el establecimiento de relaciones adecuadas de cooperación y coordinación entre las Administraciones, de manera que que cada una de ellas asuma la responsabilidad que le corresponde y que, juntas, aseguren la eficacia final del sistema de Protección Civil. La posibilidad de que una emergencia tenga inicialmente un ámbito local, pueda convertirse posteriormente en autonómica y, finalmente, afecte al ámbito estatal requiere que los planes elaborados por las diferentes Administraciones se ajusten a unos mínimos comunes que permitan su integración en planes de ámbito superior.
A este propósito obedece la Norma Básica (aprobada por el Decreto 407 / 1992), que establece los principios a los que deben ajustarse la totalidad de los planes de Protección Civil. Además, se han promulgado las directrices básicas de planificación ante los riesgos químico, incendios forestales, inundaciones, sísmico, volcánico y de accidentes en los transportes de mercancías peligrosas por carretera y ferrocarril. A su vez, las comunidades autónomas y las corporaciones locales vienen elaborando los correspondientes planes territoriales y sectoriales ante los riesgos catastróficos propios de su ámbito.
A este despliegue normativo y planificador se le añade la creación de estructuras propias (direcciones generales o servicios, escuelas, centros de coordinación operativa) en el seno de las diferentes comunidades autónomas y de las principales corporaciones locales que, juntamente con la Dirección General de Protección Civil del Ministerio del Interior, completan el conjunto de poderes y recursos disponibles para el desarrollo de esta finalidad.
Si tomamos, pues, en consideración este conjunto de indicadores de proceso, pudiera parecer que disponemos de una Protección Civil que nos permitiría desarrollar nuestra vida cotidiana con un nivel razonable de seguridad ante los riesgos de catástrofe que nos amenazan. Se trataría, claro está, de una seguridad ilusoria. Porque si, por el contrario, atendemos a la realidad de los hechos -particularmente dramáticos en estos momentos, aunque también esclarecedores- deberemos concluir que la Protección Civil en España se halla lejos de poderse contar entre los sistemas de gestión de desastres más evolucionados, los cuales -como recordó, en noviembre de 1998, una comisión especial del Senado- se distinguen de los menos evolucionados en que la Protección Civil atiende no sólo a la protección de las personas y los bienes cuando las situaciones de riesgo se materializan, sino que antes y permanentemente, dedica esfuerzos ingentes al estudio y la prevención de las causas que originan las situaciones catastróficas, a fin de reducirlas a niveles asumibles, a través de las correspondientes políticas y actuaciones.
Parece evidente no sólo la incapacidad, hoy por hoy, de la Protección Civil de qué disponemos para cumplir con esta condición de excelencia que nos permitiría actuar sobre las causas antes que se produjera la catástrofe. Pero no es ésta la preocupación más apremiante, dado que la inexplicable desaparición de la Protección Civil (con la honrosa salvedad de las asociaciones de voluntarios y los organismos locales) del escenario en el que sigue desarrollándose la tragedia del Prestige viene a poner de manifiesto la impotencia política y administrativa de la Protección Civil para cumplir con su responsabilidad mínima: proteger a las personas y los bienes cuando las situaciones de riesgo se materializan.
De esta forma, una proliferación de planes y estructuras -que generan la expectativa de que estamos preparados ante cualquier riesgo extraordinario-, combinada con la incapacidad para aplicarlos, deriva en una situación perversa que nos hace olvidar que hay algo aún más peligroso que no estar debidamente protegidos y es pensar que lo estamos.
Jaume Curbet es editor de Seguridad Sostenible (Instituto Internacional de Gobernabilidad).
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