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Bruselas dará tres años a Gibraltar para que cierre el paraíso fiscal

Monti exigirá el miércoles que la colonia acabe con los privilegios a empresas extranjeras

Gabriela Cañas

La Comisión Europea estrecha el cerco en torno al paraíso fiscal gibraltareño. Hace un mes abrió una investigación sobre las ayudas fiscales, consideradas incompatibles con el mercado común, que reciben las 29.000 sociedades radicadas en el Peñón. Ahora exigirá el cese del régimen que disfrutan las firmas extranjeras, exentas del impuesto de sociedades. La decisión prohíbe beneficiar a nuevas compañías y da un plazo de tres años para acabar con dicho régimen.

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Para las compañías extranjeras es extraordinariamente ventajoso operar desde Gibraltar. Un régimen vigente desde 1967 les permite, gracias al llamado "estatuto de sociedad exenta", ahorrarse el impuesto de sociedades, que grava los beneficios. Sólo deben pagar una tasa anual que oscila entre las 200 y las 300 libras esterlinas (entre 317 y 475 euros). Tal ventaja afecta, desde 1983, a las sucursales de sociedades extranjeras.

El privilegio es de tal calibre que, según cree Bruselas, incluso deja cortos los beneficios fiscales de que disfruta el grueso de las empresas gibraltareñas y que la Comisión investiga formalmente desde el 16 de octubre pasado. Sólo en base a este tipo de sistemas, que convierten Gibraltar en un auténtico paraíso fiscal, se explicaría que La Roca, según datos del Gobierno español, sea el quinto inversor en Rusia y que de los 11.000 millones de euros que se blanquean cada año en aquel país, una cuarta parte proceda de Gibraltar.

Para la Comisión Europea, el impacto del régimen de sociedades exentas en el mercado interior es evidente, dado que éstas operan, precisamente, fuera de Gibraltar, y, por tanto, en el resto de los países de la UE. Muchas de estas empresas son activas, además, en el sector bancario, un mercado estrechamente controlado en el seno de la UE. La posibilidad de beneficiarse de esta exención de impuestos por establecer simplemente una sucursal agrava el problema de distorsión de la competencia que señala Bruselas.

Está previsto que el comisario de Competencia, Mario Monti, haga pública su decisión de exigir la abrogación de este régimen el próximo miércoles. El Reino Unido deberá impedir la entrada en el sistema de nuevas compañías a partir de un mes después de que acepte la decisión tomada por el Ejecutivo comunitario. Las autoridades británicas tendrán que derogar definitivamente o enmendar la legislación relativa a las sociedades exentas antes del 31 de diciembre de 2005 y, además, tendrán que publicar una norma en tal sentido antes del 31 de enero próximo.

Investigación

La Comisión, además, se reserva el derecho a abrir una investigación separada sobre las ampliaciones al régimen aprobadas en 1978 y 1983. La primera permite aplicar la exención del impuesto sobre transmisiones a las pólizas de seguros de vida que emitan empresas extranjeras y la segunda beneficia de la misma ventaja fiscal a las sucursales de firmas extranjeras.

Ambas medidas, tomadas una vez que el Reino Unido formaba parte de la UE, pueden ser consideradas, según Bruselas, "ayudas ilegales". El Gobierno británico puede interponer recursos contra esta decisión, pero lo cierto es que llega tras un largo litigio en el que parecen imponerse las tesis de Bruselas.

Dicho litigio se inició ya en 1997 siguiendo las conclusiones del Ecofin de diciembre de ese año sobre política fiscal. Tras la investigación iniciada entonces por el Consejo (la representación de los quince gobiernos de la UE), la Comisión Europea acometió sus indagaciones sobre este régimen fiscal especial a principios de 1999.

Finalmente, Bruselas abrió un procedimiento de investigación formal el 11 de julio de 2001 que fue recurrido por el Reino Unido ante el Tribunal Europeo de Justicia. Fue, en realidad, el primer aldabonazo de Bruselas contra el régimen fiscal gibraltareño. La sentencia de dicho tribunal, de abril pasado, anuló sin embargo la decisión de Bruselas, a la que se había adherido el Reino de España, por una cuestión más de forma que de fondo, pues el texto jurídico señala que el régimen especial de las sociedades exentas debe ser examinado como una "ayuda existente" (en vigor antes de que el Reino Unido se incorporara a la UE en 1972) y no como una "nueva ayuda" de Estado.

Esta sutil diferencia impide a Bruselas, como señala el propio Tribunal Europeo, pedir la devolución de los impuestos no pagados, pero sí puede exigir el cese de un régimen que considera incompatible con las normas del mercado interior. De ahí que un experto comunitario vea más que probable que esta vez Londres se avenga sin más a la decisión de Monti.

Un policía de Gibraltar, ante las banderas de la colonia.
Un policía de Gibraltar, ante las banderas de la colonia.RICARDO GUTIÉRREZ

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Sobre la firma

Gabriela Cañas
Llegó a EL PAIS en 1981 y ha sido jefa de Madrid y Sociedad y corresponsal en Bruselas y París. Ha presidido la Agencia EFE entre 2020 y 2023. El periodismo y la igualdad son sus prioridades.

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