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Tribuna:EL EMPLEO EN EL CAMPO
Tribuna
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La discriminación de los trabajadores agrícolas

La autora explica que los trabajadores agrícolas deben cotizar más que el resto para acceder a la prestación de paro y critica que el 'decretazo' haya eliminado una de las ayudas al sector, el subsidio agrario en Andalucía y Extremadura.

La agricultura española ha tenido una profunda transformación en las últimas décadas, acentuada a partir del año 1986 con las ayudas de la PAC (Política Agraria Comunitaria) tras el ingreso de España en la Unión Europea.

El 72% de los empleados agrarios no ha recibido nunca la protección por desempleo
El sector no puede aceptar cómo el 'decretazo' deja nuevas víctimas cada día

Aun no siendo homogénea en todo el país, globalmente está hoy entre las más importantes de Europa, con capacidad exportadora y competitiva, sobre todo la que se corresponde con la España del litoral mediterráneo, desde las comarcas del Maresme catalán a Huelva, con Extremadura y Canarias.

Los cambios que está experimentando el sector se reflejan en la propia evolución del empleo. Mientras ha caído en torno al 50% el trabajo de carácter familiar y de pequeños agricultores sin asalariados en menos de una década, ha ido incrementándose paralelamente el trabajo asalariado. Pero esta transformación del sector no ha comportado la mejora de las condiciones laborales. Cualquiera de las situaciones que se analicen son inferiores a las del resto de los sectores de la industria, la construcción o los servicios.

Una de las causas centrales de esta situación es el mantenimiento del Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social, REASS, introducido en los años sesenta, cuando la agricultura representaba más de la mitad de la población activa española. El sector agrario, al igual que afortunadamente el país, poco tiene que ver política y económicamente con aquellos años; sin embargo, ese régimen sigue sin modificarse en lo sustancial.

Los sucesivos intentos por parte de los sindicatos para hacer cumplir las recomendaciones del Pacto de Toledo, entre las cuales estaba la de avanzar progresivamente hacia la convergencia e integración de los regímenes especiales en el Régimen General de la Seguridad Social, siguen sin ser atendidos al cabo de siete años de la firma del referido pacto. Por el contrario, se han incrementado las diferencias, tanto en la cotización como en las prestaciones a que dan derecho uno u otros regímenes.

El trabajador agrario, con independencia del volumen de días trabajados y del salario percibido, cotiza una cuota fija equivalente entre el 10% y el 11% del salario medio, muy superior, por tanto, al 4,7% del resto de los trabajadores del Régimen General. Pero, no obstante, a pesar de esta cotización más elevada para el trabajador, el REASS tiene las prestaciones mínimas. La pensión de jubilación (no existe derecho a la jubilación anticipada) es el 49% de la media del Régimen General, y con una evolución también muy divergente. Así, en 1980, esta pensión representaba el 66% de la media del Régimen General. Es decir, se ha perdido un 17% en este último periodo. De este modo se explica que los pensionistas de la agricultura necesiten el complemento a mínimos en más del 50% de los casos.

En la otra parte de la balanza nos encontramos con que la cotización empresarial sigue siendo la mitad aproximadamente que la del resto de los sectores, y goza además de una buena dosis de opacidad en su aplicación.

Aun habiendo desaparecido recientemente los seis días de plazo para dar de alta en la Seguridad Social a un trabajador cada vez que iniciaba su actividad, al eliminarse simultáneamente el Libro de Registro de las empresas, sigue siendo muy difícil verificar la regulación de las condiciones contractuales en un sector donde los contratos son verbales y apenas existe relación entre la cuota patronal devengada y las prestaciones recibidas.

O se continúan manteniendo dependencias humillantes para el trabajador. Por ejemplo, para percibir la prestación de incapacidad temporal (por enfermedad común o accidente no laboral) es imprescindible que el trabajador se encuentre prestando servicios por cuenta ajena, ya que se requiere la firma del empresario para acceder a la prestación, lo que le sitúa ante la voluntad de un tercero, del que depende.

En los últimos diez años, los ingresos por cotizaciones de los trabajadores del REASS se han incrementado un 63%, frente a tan sólo el 13% de incremento de las cotizaciones de los empresarios del sector. Éstos sólo cotizan por las jornadas reales, lo que a su vez determina que a los trabajadores, a diferencia del resto, no les contabilizan a efectos de cotización los sábados, domingos, festivos, vacaciones o días que no se trabaje por cualquier razón, incluidas las meteorológicas.

Durante años se ha presentado a los trabajadores de la agricultura como excesivamente subsidiarios y, por tanto, poco incentivados para trabajar. Y aún se siguen escuchando voces, sobre todo de responsables políticos, como el presidente de la Generalitat de Cataluña, con los mismos ofensivos y engañosos latiguillos.

La realidad es bien distinta. Son los trabajadores que sufren la más alta temporalidad, la gran mayoría tiene carácter eventual. Y, sin embargo, son los más desprotegidos de nuestro país.

Los datos son bien contundentes:

- El 72% de los 820.000 trabajadores agrarios no ha percibido ninguna protección por desempleo.

- Los trabajadores eventuales agrarios de Andalucía y Extremadura tenían la posibilidad de acceder al subsidio agrario (mal llamado subsidio, puesto que determina el derecho la contribución), tras cotizar todo el año y habiendo trabajado un mínimo de 35 jornadas reales, a partir de las cuales se percibía seis meses al año la modesta cantidad de 325 euros al mes. Desde el decreto del 24 de mayo (el llamado decretazo), seguirán cotizando todo el año, pero no tendrán acceso al subsidio.

- El subsidio de Andalucía y Extremadura, aun siendo exiguo, representa en periodos del año donde no hay trabajo de campaña (las campañas agrícolas no son continuas a lo largo del año) y donde no hay otro trabajo alternativo el único recurso existente.

- Los trabajadores de las comunidades de Murcia, Comunidad Valenciana, Canarias, Castilla-La Mancha, etcétera, más de 230.000, continuarán sin la protección de subsidio alguno.

- Como supuesta contrapartida, el Gobierno establece en el decreto un sistema de desempleo de carácter contributivo para los eventuales agrarios, específico y con ratios entre cotización y prestación tan distintos a los que rigen para el resto de los trabajadores que no sólo no se avanza hacia equiparación alguna, sino que se abunda en la discriminación.

Es evidente que las condiciones exigidas en el decreto para tener la cobertura de desempleo lo hacen inalcanzable, al mantener el REASS con una cotización empresarial con menores días cotizados que el Régimen General, tener menores contribuciones por la discontinuidad y eventualidad del trabajo de las campañas agrícolas, pero, sobre todo, por la definitiva vuelta de tuerca, al exigir de forma diferenciada mayores cotizaciones que al resto de los trabajadores.

La propuesta de cobertura de desempleo es, en definitiva, insultante por falaz y discriminatoria hacia los trabajadores del sector agrario.

Si es infundada la imagen de subsidiados, la de defraudadores es gravemente injuriosa, puesto que los sancionados por alguna irregularidad han sido el 0,3% durante el pasado ejercicio, de acuerdo con los datos ofrecidos por el propio Inem.

Los sindicatos hemos mostrado siempre la mejor disposición para combatir toda irregularidad, tanto las que puedan existir en el derecho al subsidio como en la no cotización empresarial.

Son imágenes estereotipadas que han servido para ocultar la verdadera realidad, que no es otra que la de ser un sector en el que se han producido grandes cambios, sobre todo en las zonas de mayor desarrollo agrícola, con crecimientos importantes del trabajo asalariado y, sin embargo, las condiciones laborales están muy lejos de ser homologables.

Desde los salarios medios brutos inferiores a 600 euros / mes a la desregulación prácticamente total en la contratación, la jornada, la descualificación profesional, las deficientes condiciones de salud laboral, etcétera, difícilmente el sector podrá prepararse para el futuro.

En esta realidad de peores condiciones laborales y de evidente discriminación y desigualdad en protección social se producen las medidas del decreto de mayo, que en relación a los asalariados agrícolas vienen a continuar ahondando en mayor desprotección y, de nuevo, los cambios que propone el ministro Zaplana no incluyen las medidas que afectan a los asalariados agrícolas.

Los trabajadores del sector, que han sido protagonistas en las movilizaciones, no pueden aceptar pasivamente cómo los efectos del decretazo van dejando nuevas víctimas cada día que pasa. Es urgente que se restituya la protección de los eventuales agrarios de Andalucía y Extremadura y desaparezca la discriminación para el conjunto de los trabajadores.

Las razones dadas para excluir a los asalariados agrícolas en los siete cambios de ocho en las medidas del decreto no son de carácter numérico; tienen más relación con seguir preservando los viejos y nostálgicos intereses de siempre. Aquellos que pertenecen a lo más retardatario de la sociedad.

Cecilia Sanz es secretaria general de la Federación Agroalimentaria de Comisiones Obreras.

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