Anulado el juicio por la muerte de un magrebí porque no se tuvo en cuenta el móvil racista
'La familia tiene derecho a conocer si fue abatido por ser de raza árabe', dice el TSJC
Al margen de estas consideraciones, el TSJC recoge en su sentencia otro argumento extrajudicial pero muy humano. 'La familia de la víctima tiene todo el derecho a conocer si su marido o padre fue abatido por el simple hecho de ser de raza árabe, con violación así de su derecho fundamental a ser respetado cualquiera que sea su raza, religión o etnia, o si, por el contrario, en nada influyó tal condición', asegura la resolución, de la que es ponente Guillem Vidal, presidente del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.
Hamid Saada, de 37 años y padre de tres hijos, fue asesinado de un tiro en la cabeza por Domingo Correa Almendros la noche del 9 de septiembre de 2000. El crimen se produjo sin mediar ninguna discusión, cuando el agresor salía de un pub de la calle de Aribau, en Barcelona, y se encontró a su víctima por la calle. El acusado se declaró inocente durante el juicio y aseguró que no llevaba más arma que una pistola de juguete. Sin embargo, a partir de la decisión del jurado se le condenó a nueve años y medio de prisión por homicidio y a dos años por tenencia ilícita de armas. El magistrado que presidió el juicio fue Jesús María Barrientos, portavoz en Cataluña de la Asociación Profesional de la Magistratura.
En la fase final de un juicio con jurado se redacta el objeto del veredicto, que son las preguntas sobre las que debe pronunciarse el tribunal popular. El magistrado que preside la vista es el responsable de su redacción y puede vetar algunas cuestiones, que es lo que ocurrió en este caso. A partir de ese pronunciamiento se define el delito cometido en sus modalidades -en este caso homicidio o asesinato-, así como las agravantes, atenuantes o eximentes. El juez utilizó una facultad que le permite la ley, pero el Tribunal Superior de Justicia catalán recuerda que sólo debe ocurrir en casos excepcionales y éste no era uno de ellos.
La sentencia recuerda, además, que en el auto de hechos justiciables, que es una resolución que se dicta antes del juicio y que delimita el contenido de la vista, el mismo magistrado aludía al posible móvil racista. Tal era el convencimiento de que se plantearía esa cuestión, que hasta la defensa presentó una testigo árabe en el juicio para demostrar precisamente que su cliente no se movió por móviles racistas.
El propio Tribunal Superior reconoce que, a efectos jurídicos, la agravante de racismo sólo comportaría un incremento de seis meses en la pena impuesta, pero añade que 'no podía el magistrado presidente hurtar al jurado su facultad de valorar las pruebas practicadas'.
Las tres acusaciones del caso -la fiscalía, la familia de la víctima y el Ayuntamiento de Barcelona- calificaron los hechos de asesinato y pidieron 20 años de prisión. Como la sentencia no recogía sus pretensiones, recurrieron al TSJC con el argumento de que no se tuvo en cuenta el móvil racista. En ese trámite la fiscalía varió su opinión y no sólo no recurrió, sino que se opuso a los recursos que defendían su postura inicial en el caso.
Ahora el caso pasará al Tribunal Supremo, pues el abogado de la defensa, Fermín Gavilán, anunció ayer que recurrirá de nuevo. En su opinión, 'el juez hizo lo que tenía que hacer' y calificó de 'equivocación' la decisión del TSJC. Si se confirma la anulación, su cliente deberá ser juzgado de nuevo y entra dentro de lo posible que se le condene por asesinato. Si no, será definitiva la pena por homicidio.
Por su parte, Juan Antonio del Moral, abogado de la familia, aseguró que 'a veces se olvida que tan juez es el presidente del tribunal como los miembros del jurado'. En cuanto a la viuda, Anna Rigol, afirmó que 'está satisfecha por la decisión del Tribunal Superior porque espera que algún día se determine por qué mataron a su marido'.
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