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ANÁLISIS
Columna
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Togas en la picota

LA JUEZ DE VIGILANCIA PENITENCIARIA de Bilbao ha pasado a formar parte de la ominosa lista gubernamental de magistrados puestos bajo sospecha por sus resoluciones contrarias a la corrección política o a la sensibilidad mayoritaria de la opinión pública. Como ocurrió ya con otras decisiones de los tribunales aparentemente tibias con la persecución o castigo de los crímenes terroristas, la reinserción social de un condenado de ETA dictada por Ruth Alonso (que había tomado casi 90 medidas semejantes a la largo de 12 años) ha desatado una tormenta sólo comparable con los temporales capeados por Elisabeth Huerta en el caso Linaza (a causa de una rueda de identificación de presuntos torturadores en un cuartel de la Guardia Civil de Bilbao) y por Perfecto Andrés Ibáñez (debido a la imposibilidad de perseguir en España un delito de apología del terrorismo cometido en Francia por Arnaldo Otegi).

La concesión de la libertad condicional a un etarra condenado a 298 años de cárcel por seis asesinatos desata una campaña del Gobierno contra la juez de Vigilancia Penitenciaria de Bilbao, Ruth Alonso
Más información
La juez Ruth Alonso concede el tercer grado a otros dos presos etarras

La libertad condicional del etarra Félix Ramón Gil Ostoaga -condenado por seis asesinatos a 298 años de cárcel (de los que lleva cumplidos sólo 13)- ha sido la oportunidad encontrada por el vicepresidente Rajoy y los ministros de Justicia y de Interior para poner en la picota -con la ayuda del dócil presidente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y de los medios de comunicación afines- a Ruth Alonso; algunos gacetilleros han reprochado con tonillo inquisitorial a la juez su pertenencia a una confesión cristiana diferente a la católica. Pero el rechazo moral a los crueles crímenes perpetrados en 1978 por Ostoaga no es monopolio de los políticos y periodistas que juegan demagógicamente con el dolor de los familiares de sus víctimas: Ruth Alonso ha declarado que 'si leyese las sentencias de violadores, de asesinos, no daría terceros grados'. Más allá de esas emociones compartidas, el artículo 25.2 de la Constitución ordena que las penas 'estarán orientadas hacia la reeducación y reinserción social' de los condenados y que los presos conservarán sus derechos fundamentales 'a excepción de los que se vean expresamente limitados por el contenido del fallo condenatorio, el sentido de la pena y la ley penitenciaria'.

Para explicar que un asesino condenado a 298 años pueda salir de la cárcel sólo 13 años después de su internamiento se necesita recurrir a citas legales. El artículo 76 del Código Penal de 1995 establece que el plazo máximo de cumplimiento efectivo de una condena -sean cuales sean las penas impuestas por la sentencia- son 30 años; su artículo 90 concede la libertad condicional a los presos que hayan extinguido las tres cuartas partes de la condena, se encuentren en el tercer grado de tratamiento penitenciario, observen buena conducta y reciban 'un pronóstico individualizado y favorable de reinserción social' de los expertos. Debido a que Ostoaga fue juzgado según el antiguo Código Penal, la redención de penas por el trabajo le hubiese dejado, de añadidura, en total libertad dentro de dos años y pocos meses.

Es cierto que la Constitución y el Código Penal pueden ser reformados por el Parlamento; también el Ejecutivo puede modificar el Reglamento Penitenciario de 1996 y los procedimientos para aplicar la progresión desde el primer grado (reservado a quienes continúan sometidos a la disciplina interna de bandas armadas) hasta el tercer grado ('régimen de vida en semilibertad'). Entretanto, el Gobierno debe cumplir al pie de la letra su compromiso ('dejemos trabajar a los jueces') y no acosar, de manera directa o a través del CGPJ y la prensa, a una magistrada que lleva escolta tras haber sido amenzada en 1994 por ETA. Necesario es reconocer, sin embargo, que el actual portavoz del Gobierno, el vicepresidente Rajoy, no ha llevado su ofensiva descalificadora contra la juez de vigilancia de Bilbao al nivel de miseria de su predecesor Miguel Ángel Rodríguez, que se pregunta retóricamente -con su inimitable ingenio y conocida elegancia- por qué 'Cruella Ruth Alonso de Vil' sigue llevando escolta y cobrando un sueldo pagados 'por los impuestos de los españoles'.

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