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Tribuna:¿Cabe el plan de Ibarretxe en la Constitución?
Tribuna
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Propuestas para medio país

1 Nadie discute la legitimidad democrática del Gobierno vasco. Pero ni su mayoría parlamentaria ni los apoyos recibidos por Batasuna permiten olvidar que el voto nacionalista y el no nacionalista se reparten casi a partes iguales el electorado vasco. Ese dato debería servir para evitar esa frecuente identificación que hacen los nacionalistas (y también el lehendakari en su último discurso parlamentario) entre comunidad nacionalista y sociedad vasca.

2. Decir que la mitad del electorado vasco no vota nacionalista no quiere decir que la mitad de la población vasca esté amenazada por ETA. Sólo son unos pocos miles, pero es casi seguro que en ningún país democrático hay tanta gente con escolta, ni tantos reservan su libertad de expresión para el momento en que hablan con su pareja o con sus buenos amigos (y no siempre con todos sus buenos amigos, precisamente para intentar que sigan siéndolo). El no tener libertad no hace que se tenga razón, pero el que tanta gente carezca de aquélla debería afectar al orden de los problemas que quieren solucionar nuestros políticos.

Se debería evitar la identificación entre comunidad nacionalista y sociedad vasca
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3. No recuerdo que el PNV planteara en la última campaña caminar hacia la constitución de Euskadi como Estado Libre Asociado a España, y ésta es una propuesta de tanta entidad que parecería necesario presentarla explícitamente al electorado. Los manuales de Derecho Constitucional dicen que lo lógico en estos casos no es anunciar un referéndum para cuya convocatoria no existe competencia, sino disolver el Parlamento y presentarse a las elecciones subsiguientes con el nuevo programa. (He de confesar que mantendría mi desacuerdo con la propuesta aunque el nuevo Parlamento la apoyara, pero al menos sabría que respondía a la voluntad mayoritaria de mis vecinos).

4. En la sociedad vasca existen proyectos políticos contrapuestos: unos no quieren ser españoles y otros no renuncian a los muchos lazos que les unen con España. Si la convivencia llega a ser imposible, habrá que aceptar un procedimiento para que la minoría se adecue al deseo de la mayoría. La opción no es, sin embargo, una elección que corresponda sólo a los vascos. El Tribunal Supremo de Canadá afrontó un problema semejante al analizar el derecho de Quebec a la autodeterminación, y su respuesta me pareció y me sigue pareciendo ejemplar. La resumo así: a) La cuestión de la autodeterminación/independencia de Quebec no afecta únicamente a los quebequeses, sino a todos los canadienses. b) La autodeterminación de Quebec no es posible según la Constitución federal, pero Canadá no puede ignorar la eventual voluntad secesionista de la población de Quebec. c) Tal voluntad, para ser tenida en cuenta, habría de ser la de una mayoría suficientemente clara, que respondiera a una pregunta inequívoca.

5. Ese planteamiento cabe en la Constitución Española (y diría incluso que es el que mejor se deriva de una Constitución democrática como la nuestra). El principio democrático no podría ignorar la voluntad mayoritaria de unos españoles que quisieran dejar de serlo: ningún español demócrata querría mantener colonias interiores conservadas gracias a la fuerza.

6. Si no plantea problemas saber cuándo una pregunta es clara, definir qué sea mayoría suficiente no es fácil, como lo demuestran los contradictorios textos planteados por la Federación canadiense y por Quebec. Es difícil, y posiblemente sea inútil, aventurar porcentajes, aunque puede ser oportuno recordar que la Constitución de 1931 exigía el voto favorable de las dos terceras partes de los electores inscritos en el censo electoral de la región para que pasara a las Cortes el proyecto de Estatuto.

7. Volvamos a la propuesta del lehendakari. Se ha dicho de ella que tiene el mérito de aclarar, por fin, los objetivos nacionalistas, cuya perpetua indefinición les ha permitido siempre conseguir sus objetivos, que han sido, como decía el recordado Gabriel Moral Zabala, no tanto el dejar de ser españoles, sino el ser españoles de primera. Gracias a eso, el País Vasco dispone hoy de una autonomía con amplísimos recursos, con un concierto económico que permite que las Haciendas vascas paguen al Estado menos que lo que éste invierte en la comunidad autónoma. Quizá por eso la radicalidad del lehendakari no le lleva a pedir la independencia, sino la conversión de la Comunidad Autónoma en un Estado Libre Asociado: no parece haber confianza en que la independencia permitiera disponer de tantos recursos, ni facilitara el ingreso en la Unión Europea. La nueva radicalidad y la pretendida nueva claridad no consiguen convencer de que se haya renunciado a ser español de primera.

9. No he hablado hasta ahora de la constitucionalidad de la propuesta, porque creo que poco hay que decir sobre el tema.

En primer lugar, nadie sabe qué implica: cuando se parte de que 'la solución del problema de normalización política estriba en asumir que el Pueblo Vasco no es una parte subordinada del Estado, sino un Pueblo con identidad propia, con capacidad para establecer su propio marco de relaciones internas y para incorporarse por libre asociación a un verdadero Estado plurinacional', no es fácil concluir que la alternativa que se presenta 'encaja perfectamente con una interpretación abierta y flexible de la Constitución basada en la plurinacionalidad del Estado, según defienden expertos constitucionalistas españoles' (lástima que los discursos no tengan notas a pie de página, para conocerlos). A nadie se le oculta que alcanzar los objetivos expresados por el lehendakari obligaría a reformar la Constitución por el procedimiento previsto para la revisión total (que exige aprobación del principio de la reforma por mayoría de los dos tercios de cada Cámara, disolución de las Cortes, y ratificación de la decisión por las nuevas, que deberían discutir el texto de la reforma y aprobarlo por igual mayoría de dos tercios antes de someterlo a referéndum de los españoles). Invocar la adicional primera de la Constitución, que ampara y respeta los derechos históricos de los territorios forales, es referirse a una norma cuyo segundo párrafo señala que la actualización de dicho régimen foral se llevará a cabo, en su caso, en el marco de la Constitución, y el marco constitucional de nuestro Estado autonómico tendría que ser modificado sustancialmente para que cupiera el nuevo Estado Libre Asociado. Tampoco es alegable la adicional estatutaria, en cuya virtud 'la aceptación del régimen de autonomía que se establece en el presente Estatuto no implica renuncia del Pueblo Vasco a los derechos que como tal le hubieran podido corresponder en virtud de su historia, que podrán ser actualizados de acuerdo con lo que establezca el ordenamiento jurídico'. En el caso en que convertirse en Estado Libre Asociado sea uno de los derechos que hubieran podido corresponder al Pueblo Vasco en virtud de su historia, su creación deberá hacerse de acuerdo con lo que establece el ordenamiento jurídico, esto es, revisando la Constitución y reformando el Estatuto. Y finalmente, como señalaba recientemente Santiago González, no es fácil entender que se pretenda decidir unilateralmente un estatus de libre asociación con alguien a quien no se pregunta si quiere asociarse con nosotros y en qué términos.

10. Al lehendakari que tanto habló de diálogo no parece importarle que su propuesta sólo sirva para dividir internamente, más aún, a la sociedad vasca. Aumentará el silencio de muchos, pero otros creerán vivir más cerca del país ficticio que han soñado. Quizá no se han enterado de que no están solos, o quizá no les importen nada los otros.

Javier Corcuera Atienza es catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad del País Vasco.

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