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El 'caso Ardystil' espera fecha para el juicio oral tras diez años de instrucción judicial

La incógnita del agente causal y la indefensión que alegan los acusados atascan la causa

El proceso judicial del síndrome Ardystil, que causó la muerte de seis trabajadores del sector de aerografía textil de Alcoy y Cocentaina y afectó de fibrosis pulmonar a cerca de un centenar de empleados, inició su andadura en 1992. Tras diez años de instrucción en el juzgado de primera instancia número 3 de Alcoy, la causa por la cual se buscan responsabilidades por negligencia, imprudencia y posible delito contra la seguridad e higiene en el trabajo, ha llegado a la Audiencia de Alicante a la espera de que se fije fecha para la vista oral. El desconocimiento del agente causal del síndrome y la no inclusión de varios escritos por parte de las defensas siguen atascando la resolución final del caso.

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Los 15.000 folios repartidos en un total de 38 voluminosos tomos que constituyen el sumario del caso Ardystil llegaron a la sección tercera de la Audiencia Provincial de Alicante durante la última semana del mes de junio.

Desde entonces la juez encargada del caso revisa minuciosamente la documentación con el objeto de poner fecha a la vista oral del proceso judicial iniciado en 1992 por un posible delito de imprudencia contra la seguridad en el trabajo tras el fallecimiento de seis empleados del sector de la aerografía textil en Cocentaina y Alcoy. El síndrome Ardystil, que se cobró su primera víctima el 14 de febrero de 1992, no comenzó a ser evidente hasta tres meses después con el fallecimiento de la segunda trabajadora de la empresa Ardystil. A raíz de la segunda víctima mortal los técnicos asociaron ambas muertes, y los problemas que presentaban otras empleadas a la inhalación de productos tóxicos y se descartó la primera teoría que apuntaba a un brote de tuberculosis. Comenzaron los chequeos que desvelaron afecciones pulmonares en más trabajadores de Ardystil, por la aspiración de gases nocivos que emanaron de los productos químicos utilizados en el proceso de estampación de telas por pistola, método que fue prohibido en octubre de 1992. Se diagnosticaron afecciones a unos 70 trabajadores que presentaban síntomas de cansancio, tos aguda o falta de apetito.

Salieron a relucir otras empresas de aerografía textil en la comarca que, como Ardystil, sometían a sus trabajadores a condiciones de trabajo que recordaban a las novelas de Charles Dickens.

En la mayoría de estos locales se detectó falta de ventilación, una fuente de calor próxima a los productos químicos y el trabajo continuado de los jóvenes. Entre las más perjudicadas, al margen de las seis víctimas, estaba Susana Javaloyes, que en 1993 y cuando tenía 21 años fue sometida a un trasplante bipulmonar. Salvó su vida a cambio de un tratamiento médico eterno y revisiones continuas para seguir su caso. Se consideraba de las afortunadas porque mientras trabajó en Ardystil su sueldo rondaba las 10.000 pesetas semanales.

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Ese año y al siguiente, 1993 y 1994, se conoció el resultado de dos sentencias del Juzgado de lo Social número 5 de Alicante que calificaron el síndrome Ardystil como enfermedad profesional y argumentaban que la descomposición de un disolvente utilizado en la aerografía, el tricloroetano, provocó la fibrosis pulmonar en que derivó el síndrome. Estas sentencias permitieron a los trabajadores de este sector empezar a cobrar los subsidios por invalidez. La mayoría tuvieron que improvisar contratos que no firmaron cuando entraron a trabajar en las aerografías.

El siguiente gran paso en la instrucción del caso Ardytil no se produjo hasta 1996. El mes de marzo de ese año la juez instructora, la primera de los tres que han asumido el caso en 10 años, llamó a declarar a 29 imputados por la causa, 12 de ellos responsables de distintas empresas. Otras 23 personas declararon en calidad de testigos.

Un año después se cerró la primera fase de instrucción, que consistió en la investigación de los hechos denunciados y recopilación de datos. La siguiente fase, de presentación de escritos por parte de la acusación particular y las defensas, concluyó el pasado junio. Durante la instrucción del caso Ardystil prestaron declaración en el juzgado de Alcoy 62 afectados y los herederos de los fallecidos que ejercen la acusación particular.

La acusación particular ha centrado su reclamación en las indemnizaciones económicas para los afectados y los familiares de las víctimas. Éstas van desde 240.000 hasta 36.000 euros (de 40 a 6 millones de pesetas), según los casos. Para los familiares de las víctimas se solicitan entre 120.000 y 36.000 euros (entre 20 y 6 millones de pesetas). La cantidad más alta se solicita para Susana Javaloyes que añade la petición de una renta vitalicia de 2.400 euros al mes (400.000 pesetas). Los afectados tratarán de incluir dentro de la responsabilidad civil las indemnizaciones por posibles daños morales. Así lo expresó la presidenta de la comisión de afectados, Amparo Pascual, que señaló que a las secuelas físicas derivadas de la fibrosis pulmonar que provocó el síndrome Ardystil se añadiría el mal psíquico que han sufrido durante estos años. No ha habido tanta suerte para los enfermos a la hora de reclamar indemnizaciones por el desarrollo de enfermedades congénitas en los hijos. En concreto una afectada denunció que la medicación a la que fue sometida o los gases que inhaló pudieron ser la causa por la que su hija naciera con la espina bífida.

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