La educación que viene
Los alumnos serán separados en itinerarios según su rendimiento a los 14 años y deberán pasar una reválida para ir a la Universidad
La reforma educativa aprobada ayer por el Gobierno supondrá, una vez superado su trámite parlamentario, un cambio radical en la estructura del sistema educativo. Dos son los ejes de esta modificación (texto íntegro en www.elpais.es): por un lado, la limitación de la educación infantil al tramo de seis a tres años y, por otro, la división en la ESO de los alumnos en itinerarios según su rendimiento. Éstas son las principales novedades de la Ley de Calidad:
- Educación preescolar. La nueva ley divide la actual educación infantil (de 0 a 6 años) en preescolar e infantil. Establece que de 0 a 3 años se llamará educación preescolar, que tendrá carácter 'asistencial', además del educativo.
La reforma marcará diferencias desde la educación preescolar, que será más asistencial
- Educación infantil. Pasa a tener un solo ciclo de tres años (para niños de 3 a 6 años), seguirá siendo voluntaria y será impartida por maestros. Se establece además la gratuidad de esta etapa en los centros privados concertados. La financiación se hará mediante conciertos, ampliando así esta posibilidad a una etapa no obligatoria. El aprendizaje de la primera lengua extranjera comenzará en el último curso de esta etapa.
- Educación primaria. Su estructura no varía, ni tampoco el sistema de promoción de curso, que seguirá siendo mediante evaluación continua. Los alumnos sólo podrán repetir curso una vez, como ahora.
- Itinerarios. En 1º y 2º de la ESO (13 y 14 años) se adoptarán 'medidas de refuerzo' para los alumnos que 'presenten graves carencias de conocimientos básicos'. Las medidas las decidirá la dirección del centro. Al finalizar 2º, cada alumno recibirá un 'Informe de Orientación Escolar' no vinculante, que indicará el camino a seguir.
A partir de los 14 años (3º de la ESO) se dividirá a los alumnos en dos itinerarios. Uno acogerá a los alumnos que vayan a cursar bachillerato, y el otro, a los destinados a la formación profesional. En 4º de ESO el itinerario para los futuros bachilleres se desdobla (habrá uno científico y otro humanístico). En este curso se añade un cuarto itinerario denominado Programa de Iniciación Profesional (PIP), de dos años de duración. Todos darán acceso al título de la ESO. Los centros sostenidos con fondos públicos 'deberán ofrecer todos los itinerarios', aunque las comunidades podrán 'adecuar este principio a las necesidades generales y de la demanda'. En 3º y 4º de la ESO, las comunidades podrán establecer las optativas que consideren para cada itinerario.
Los alumnos de la ESO con materias suspendidas en junio en la ESO podrán hacer una 'prueba extraordinaria', cuya fecha establecerán las comunidades. Si después tienen suspendidas un número de materias 'superior a dos' repetirán curso, como ocurría con la Ley General de Educación, de 1970. La ley vigente señala que la repetición se decide en función de la evaluación del equipo docente, que analiza si el alumno puede recuperarse y el peso de las materias suspendidas.
- Título de graduado. El título de graduado en educación secundaria obligatoria (ESO) se podrá obtener de forma excepcional con una asignatura pendiente. A este título estará vinculado un 'informe de orientación' para su futuro académico, de 'carácter confidencial'. Si no superan la etapa tendrán un 'certificado de escolaridad'. En la ESO será obligatorio ofrecer una segunda lengua extranjera.
- Bachillerato. Los alumnos podrán repetir dos veces, es decir, 'permanecer en el bachillerato cuatro años'. Habrá tres modalidades en sus dos cursos (Artes, Ciencias y Tecnología y Humanidades y Ciencias Sociales), en lugar de cuatro, como ahora.
- Reválida. Para obtener el título de bachiller, que será necesario para acceder a la Universidad, habrá que superar una reválida, la Prueba General de Bachillerato (PGB), en la que habrá una 'parte oral' de la lengua extranjera cursada por el alumno. Los alumnos que no la aprueben podrán acceder a la FP de grado superior, tras una prueba.
- Inmigrantes. Los alumnos extranjeros que 'desconozcan la lengua y cultura españolas o con graves carencias en conocimientos básicos' se integrarán en programas que 'se podrán impartir en aulas específicas establecidas en centros ordinarios'. Sin embargo, los mayores de 15 años con 'problemas de adaptación a la ESO' se incorporarán a los Programas de Iniciación Profesional (PIP) fuera de los centros ordinarios.
- Centros especializados.
Los centros podrán especializarse en determinados aspectos de su currículo (por ejemplo, en ámbitos como el humanístico, científico o tecnologías de la información) y si lo hacen. La ley permite a estos centros seleccionar a sus alumnos, además de con los criterios generales, según sus notas en las materias de su especialidad. En la admisión de alumnos se incorpora además como criterio 'el expediente académico' en el bachillerato y la FP.
El refuerzo de la religión
La ley ha modificado la asignatura de religión y su alternativa. Para ello ha creado el 'área o asignatura' de Sociedad, Cultura y Religión y señala que comprende dos opciones, 'una de carácter confesional, acorde con la confesión por la que opten' y otra 'de carácter no confesional'. Ambas 'serán de oferta obligatoria por los centros, debiendo elegir los alumnos una de ellas'. Además, las dos serán 'evaluables y computables a efectos de cálculo de la nota media, aunque carecerán de los demás efectos que se derivan de la calificaciones obtenidas en la evaluación'. El Gobierno fijará las enseñanzas mínimas de la no confesional y realizarán la confesional las autoridades religiosas. La Ley de Calidad recupera el cuerpo de catedráticos, desaparecido con la LOGSE, de 1990, y le otorga privilegios como la dirección de los departamentos de los institutos. Como contrapartida, facilita su acceso mediante oposición abierta a cualquier licenciado con el Título de Especialización Didáctica (TED), mediante un curso de un año de duración. La ley introduce además que los profesores mayores de 55 años podrán destinar una parte de su horario a otras actividades en el centro sin perder ingresos. El texto obliga a que los alumnos tengan 15 años para pertenecer al consejo escolar, un órgano que ya no será el que elija al director del centros, sino mediante un concurso de méritos. Le escogerá una comisión formada por representantes de la Administración y los centros.
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