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AGENDA GLOBAL | ECONOMÍA
Columna
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Las reformas fiscales: Fuentes y Ordóñez

Joaquín Estefanía

LA COMPETICIÓN PARTIDISTA para bajar los impuestos ha llegado a España. Han pasado los momentos en los que se vinculaba de forma directa el nivel de ingresos públicos con el de gastos, y la reducción de gravámenes ha pasado a ser un fin en sí mismo. Importada de EE UU, esta tendencia ha devenido en central cara al voto de los electores. Estos días, el Partido Popular y el PSOE se desviven por presentar sus propias reformas fiscales, disputando entre ambos por presentar la cara más amable de los impuestos.

Bien es cierto que con algunas diferencias: mientras el PP desgrana su verdad desnuda de rebaja de impuestos directos (olvidando el incremento de la presión fiscal), los socialistas intentan, con un mensaje un poco más complejo, mantener la equidad vertical (que paguen más quienes más tienen), asegurando la equidad horizontal (que paguen igual los que ganan igual).

Los cambios impositivos que se pretenden abordar ahora, justo antes de las elecciones generales, son posibles gracias a la reforma fiscal de finales de los años setenta, que equiparó los impuestos españoles a los europeos

Haber llegado a este punto supone muchos esfuerzos. Este año, en que se cumplen 25 de la presentación de la ley de medidas urgentes de reforma fiscal -la primera reforma tributaria de la democracia-, puede ser el momento oportuno para recordar de dónde partíamos hace un cuarto de siglo, qué se pretendía conseguir y quiénes fueron los padres del cambio fiscal (cuyos primeros impulsos se iniciaron antes que la Constitución). Fueron los más significativos Enrique Fuentes Quintana, vicepresidente de Gobierno; Francisco Fernández Ordóñez, ministro de Hacienda; y José Víctor Sevilla, director general de Tributos (hermano mayor de Jordi Sevilla, secretario de Economía del PSOE y encargado de la propuesta socialista de reforma fiscal).

Ha sido Fuentes quien más ha escrito sobre las condiciones en las que estaba España desde el punto de vista tributario antes de 1977: baja presión fiscal; mayor relevancia de la imposición sobre el gasto que de los impuestos directos; las rentas de capital estaban menos gravadas que las del trabajo dependiente (situación que persiste); proliferación de las exenciones, desgravaciones y bonificaciones en distintos impuestos; gestión inadecuada, con cuerpos especializados para cada gravamen y una débil capacidad de inspección; evasión generalizada, etcétera.

El Instituto de Estudios Fiscales, a través de diversos estudios, planteó las líneas generales de por dónde deberían ir las transformaciones: la reforma debía suponer un cambio en los principios de reparto de la carga tributaria, y no consistir únicamente en una modificación parcial de los gravámenes, o superponer alguno nuevo; la estrategia había de integrar la reforma presupuestaria y del gasto público (la oferta de bienes públicos en España era insuficiente y su demanda aumentaría en el futuro); la reforma exigía modificaciones previas en la Administración tributaria; el objetivo era la armonización de los impuestos españoles con los europeos, a través de tres figuras principales: el impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF), el impuesto sobre sociedades y el del valor añadido (IVA). El Instituto recomendaba que los cambios legislativos fuesen graduales y no ejecutados de un golpe.

La ocasión fueron los Pactos de la Moncloa, de los que próximamente se cumplirán también los 25 años. En ellos había dos tipos de medidas: las de saneamiento y ajuste coyuntural de la economía, y las de reformas estructurales. Entre estas últimas se contemplaban la universalización de los Presupuestos del Estado (reforma del gasto), la reforma fiscal y de la Administración tributaria (reforma de los ingresos públicos), la reforma del sistema financiero (con su liberalización y la supervisión de la liquidez y solvencia de los bancos y cajas de ahorros), un nuevo marco de relaciones laborales y un esquema de actuación de las empresas públicas.

Las bases de aquella reforma fiscal de los setenta son las que dan ocasión a las variaciones impositivas de ahora. Excepto que vayan en dirección contraria.

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