España y otros seis países adelantan un año la orden de detención europea
Siete Estados de la Unión Europea acordaron ayer adelantar en un año la entrada en vigor de la Orden de Detención y Entrega Europea, más conocida como euroorden. Los ministros de Justicia de España, Francia, Alemania, Reino Unido, Portugal, Bélgica y Luxemburgo pactaron poner en marcha en enero de 2003, o incluso antes, este nuevo sistema de reconocimiento mutuo de resoluciones judiciales para una lista de 32 delitos, entre los que se incluyen el terrorismo, la delincuencia organizada el tráfico de seres humanos y la piratería informática. La euroorden permitirá que un etarra detenido en Francia o Bélgica sea entregado en un plazo máximo de 90 días, sin necesidad de acudir al procedimiento de extradición, ya que tendrá prioridad para juzgarle el país en el que el arrestado y reclamado haya cometido el crimen más grave. Italia sigue poniendo serias reticencias a la adopción de la euroorden.
'Hemos llegado a un acuerdo importantísimo que supone uno de los avances más importantes en la construcción europea', manifestó el ministro de Justicia, Ángel Acebes. Los Quince habían fijado para enero de 2004 el plazo máximo para que todos los Estados reformaran sus ordenamientos legales, e incluso sus Constituciones si fuera necesario, para poner en práctica esa orden europea.
'Esfuerzo legislativo'
'El acuerdo supone hacer un esfuerzo legislativo para que la euroorden tenga efectos prácticos en enero de 2003, e incluso a finales de este año si logramos concretar antes las reformas', explicó Luc Frieden, ministro de Justicia de Luxemburgo.
En la práctica, la euroorden consistirá en un documento judicial homologado en el que el juez español consignará los datos fundamentales por los que se interesa la detención de un presunto delincuente al resto de los firmantes del acuerdo. El documento judicial se trasladará al Ministerio de Justicia o de Asuntos Exteriores, que lo enviará a los departamentos homónimos de los países firmantes de la euroorden. Éstos, a su vez, lo trasladarán a la autoridad judicial, que es la que finalmente pondrá al reclamado en su lista de buscados, incluso en el caso de que el asunto no sea delito en dicho país.
Dicho documento será reconocido sin más trámites por el Estado receptor, que incorporará a sus bases de datos sobre delincuencia la orden de detención del reclamado. Si, por ejemplo, la Policía de Bélgica detiene al delincuente reclamado, éste será puesto de inmediato a disposición de la autoridad judicial, que tendrá que efectuar todos los trámites para la entrega al país reclamante en un plazo máximo de 60 días, prorrogable hasta 90.
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